Artículo 2.2.4.9.2.6. Derogado.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)
Artículo 2.2.4.9.2.6. Término de los recursos ahorrados por el Fondo Nacional de Regalías - en Liquidación en el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP). En desarrollo de lo previsto en el artículo primero del Decreto-ley 4972 de 2011, los recursos ahorrados por el Fondo Nacional de Regalías - en Liquidación en el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP), se someterán al término previsto en dicha norma.(Decreto 1849 de 2013, artículo 6°)TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)
Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 31/12/2020