Texto oficial
Artículo 2.2.6.2.1. Formulación y estructuración de proyectos de inversión pública. La formulación y estructuración comprenden las acciones relacionadas con el proceso de planeación, que le son inherentes a los proyectos de inversión pública, y se desarrollan en la etapa de preinversión.
Por formulación se entenderá la identificación de las necesidades u oportunidades, la articulación de la iniciativa del proyecto con la política pública y con los desafíos de desarrollo plasmados en planes y programas, el análisis de los actores involucrados, la identificación de la problemática y objetivos, el planteamiento de las posibles alternativas de solución, y la selección de aquella que sea la más adecuada.
Por estructuración se entenderá el desarrollo de los estudios de orden técnico, financiero, ambiental, social y legal, que se deben realizar en la etapa de preinversión del proyecto para la identificación del esquema más eficiente para su ejecución.
El análisis de la localización de la alternativa de solución y la identificación de las características de la población objetivo, son elementos inherentes a la formulación y estructuración del proyecto; así como la focalización en políticas transversales, entendidas como ejes comunes de intervención a través de diferentes sectores y programas desde los cuales se aporta al cumplimiento de determinados objetivos de política pública.
Parágrafo. En todo caso, los proyectos a ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías deberán sujetarse para su formulación, estructuración y presentación a las disposiciones contempladas en la Ley 2056 de 2020, el Decreto número 1821 de 2020 Único Reglamentario del Sistema General de Regalías y la normatividad que la desarrolle, modifique o sustituya.