NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.11.1.6

Artículo 2.2.11.1.6 — 2.11.1.6 Retiro por invalidez. Teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 100 de 1993 y…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.11.1.6 Retiro por invalidez. Teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen y sustituyan, en los casos de retiro por invalidez, la pensión se debe desde que cese el subsidio monetario por incapacidad para trabajar y su pago se comenzará a hacer según el procedimiento señalado en la citada ley.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Modificado Artículo 2 DECRETO 648 de 2017
LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Artículo 2.2.11.1.6. Competencia. La competencia para aceptar renuncias corresponde a la autoridad nominadora.(Decreto 1950 de 1973, artículo 114)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 18/04/2017