NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.18.6.5

Artículo 2.2.18.6.5 — 2.18.6.5. Interrupción del período de prueba. Cuando por justa causa haya interrupción en…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.18.6.5. Interrupción del período de prueba. Cuando por justa causa haya interrupción en el período de prueba por un lapso superior a veinte (20) días continuos, este será prorrogado por igual término.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Sustituido Artículo 3 DECRETO 770 de 2021
LEGISLACIÓN ANTERIOR (8)Artículo 2.2.18.6.5. Apoyos educativos. Para acceder a los apoyos educativos tanto a nivel superior como de postgrado en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, se requiere:1. Pertenecer al Sistema Específico de Carrera.2. Haber obtenido en la última evaluación del desempeño calificación superior.3. No haber sido sancionado disciplinariamente en el último año.4. Que el programa guarde relación con las funciones propias de la Entidad.El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, establecerá los procedimientos necesarios con el fin de dar aplicación a lo dispuesto en este artículo.(Decreto 3626 de 2005, artículo 61)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 12/07/2021