Artículo 2.2.20.3.1.1. Ámbito de aplicación. El presente capítulo reglamenta la capacitación y los estímulos que serán aplicables a todos los servidores de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil).
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Sustituido Artículo 1 DECRETO 475 de 2019LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.2.20.3.1 Planes y programas de capacitación . La Dirección de Talento Humano o la que haga sus veces, previa elaboración del diagnóstico por parte de la misma, coordinará con la Oficina Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas, CEA, o la que haga sus veces, la elaboración de los planes y programas de capacitación dirigidos a los empleados de los cuerpos aeronáutico y administrativo, de conformidad con lo dispuesto en las normas que establezcan la estructura de la Unidad Administrativa Especial de AeronáuticaCivil-AEROCIVIL.(Decreto 2900 de 2005, artículo 35)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 19/03/2019