Texto oficial
Artículo 2.2.20.5.3 Comunicación de la evaluación del período de prueba. Las evaluaciones parciales durante el período de prueba serán comunicadas por escrito y la calificación definitiva de servicios del mismo período será notificada conforme con lo establecido en el artículo 32 del Decreto-ley 790 de 2005 para la notificación de la calificación definitiva anual o extraordinaria.
(Decreto 2900 de 2005, artículo 45)
CAPÍULO 6
DEL RETIRO DEL SERVICIO