NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.5.8.1

Artículo 2.2.5.8.1 — 2.5.8.1 Iniciación en el servicio . El empleado a cuyo cargo esté el manejo del personal…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.5.8.1 Iniciación en el servicio . El empleado a cuyo cargo esté el manejo del personal en los organismos administrativos, o en cualquiera de sus reparticiones, deberá recibir al nuevo empleado para facilitarle el buen desempeño de sus funciones, y para tal efecto será de su obligación:

1. Explicarle el funcionamiento del organismo, las funciones a su cargo y la ubicación jerárquica y física del empleo.

2. Entregarle los manuales correspondientes al organismo o entidad y al empleo de que ha tomado posesión, y

3. Presentarlo a sus superiores jerárquicos.

Parágrafo. El servidor a cuyo cargo esté el manejo del personal en los organismos administrativos, o en cualquiera de sus reparticiones, tomará los datos necesarios para la actualización de censos de empleado públicos y para la elaboración del documento que lo acredite como funcionario de la entidad. Hará además, los registros sobre control de personal y los referentes a la seguridad y bienestar social.

(Decreto 1950 de 1973, artículo 54)