Texto oficial
Artículo 1431. RÉGIMEN DE AUTORIDAD MARÍTIMA La autoridad marítima se regirá en todo lo que no contraríe el presente Libro, por las normas orgánicas de la Marina Mercante o Colombiana y las disposiciones reglamentarias de ésta.
TITULO I.
DE LAS NAVES Y SU PROPIEDAD
CAPITULO I
Naves