LEGISLACIÓN ANTERIOR (10)Artículo 75. HECHOS CONSTITUTIVOS DE COMPETENCIA DESLEAL. Constituyen competencia desleal los siguientes hechos:1) Los medios o sistemas encaminados a crear confusión con un competidor, sus establecimientos de comercio, sus productos o servicios;2) Los medios o sistemas tendientes a desacreditar a un competidor, sus establecimientos de comercio, sus productos o servicios;3) Los medios o sistemas dirigidos a desorganizar internamente una empresa competidora o a obtener sus secretos;4) Los medios o sistemas encauzados <sic> a obtener la desviación de la clientela siempre que sean contrarios a las costumbres mercantiles;5) Los medios o sistemas encaminados a crear desorganización general del mercado;6) Las maquinaciones reiteradas tendientes a privar a un competidor de sus técnicos o empleados de confianza, aunque no produzcan la desorganización de la empresa ni se obtengan sus secretos;7) La utilización directa o indirecta de una denominación de origen, falsa o engañosa; la imitación de origen aunque se indique la verdadera procedencia del producto o se emplee en traducción o vaya acompañada de expresiones tales como "género", "manera", "imitación", o similares;8) Las indicaciones o ponderaciones cuyo uso pueda inducir al público a error sobre la naturaleza, modo de fabricación, características, aptitud en el empleo o cantidad del producto, y9) En general, cualquier otro procedimiento similar a los anteriores, realizado por un competidor en detrimento de otros o de la colectividad, siempre que sea contrario a las costumbres mercantiles.TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Derogado Artículo 33 LEY 256 de 1996Vigente desde: 01/01/1972 y hasta el: 17/01/1996