NormasDocumento Tipo 1991 de 1991 › Artículo 129

Artículo 129 — Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos…

Documento Tipo 1991 de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 129. Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno.