Artículo 247 — La ley podrá crear jueces de paz encargados de resolver en equidad conflictos…

Constitución Política de Colombia de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 247. La ley podrá crear jueces de paz encargados de resolver en equidad conflictos individuales y comunitarios. También podrá ordenar que se elijan por votación popular.