NormasDocumento Tipo 1991 de 1991 › Artículo 83

Artículo 83 — Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los…

Documento Tipo 1991 de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 83. Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante éstas.