NormasLey 2166 de 2021 › Artículo 84

Artículo 84 — Política Pública de Acción Comunal. El Ministerio del Interior a través de la Dirección…

Ley 2166 de 2021
Vigente 1 conceptos de CCE interpretan este artículo

Texto oficial

ARTÍCULO 84. Política Pública de Acción Comunal. El Ministerio del Interior a través de la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal en concertación con la Confederación Nacional de Acción Comunal con el acompañamiento técnico del Departamento Nacional de Planeación, determinará, los lineamientos para la formulación, implementación y evaluación de la política, en un plazo no mayor a 18 meses a partir de la vigencia de la presente ley. La elaboración de esta política tendrá en cuenta las evaluaciones de resultados e impactos de la implementación de los documentos CONPES 3661 de 2010 y 3955 de 2018.

CAPÍTULO XV

Fortalecimiento a la participación juvenil

Doctrina de Colombia Compra Eficiente sobre este artículo

1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 84 de la Ley 2166 de 2021. Los más relevantes:

  • C-1045 de 2024 C-1045 de 2024
    CONVENIOS SOLIDARIOS CON OAC, DEBER DE PLANEACIÓN, DEBER DE VIGILANCIA · 27 de diciembre de 2024