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Artículo 22 — Divulgación. Corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública elaborar el…

Ley 489 de 1998
Derogado

Texto oficial

Artículo 22. Divulgación. Corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública elaborar el informe anual de ejecución y resultados de las políticas de desarrollo administrativo de los organismos y entidades de la Administración Pública que forman parte del Sistema, para lo cual solicitará a los ministros y directores de departamento administrativo los informes que considere pertinentes. Igualmente establecerá los medios idóneos para garantizar la consulta de dichos resultados por parte de las personas y organizaciones interesadas y la divulgación amplia de los mismos, sin perjuicio de los mecanismos sectoriales de divulgación que se establezcan con el objeto de atender los requerimientos de la sociedad civil.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (1)Artículo 22. Derogado
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Derogado Artículo 5 DECRETO 1499 de 2017Vigente desde: 11/09/2017