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Artículo 1157 — Si hechas otras asignaciones se dispone del remanente de los bienes, i todas las…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1157. Si hechas otras asignaciones se dispone del remanente de los bienes, i todas las asignaciones, escepto la del remanente, son a título singular, el asignatario del remanente es heredero universal; si algunas de las otras asignaciones son de cuotas, el asignatario del remanente es heredero de la cuota que resta para completar la unidad.