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Artículo 1346 — Art. 1346. Aunque el testador haya encomendado al albacea el pago de sus deudas, los…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1346. Aunque el testador haya encomendado al albacea el pago de sus deudas, los acreedores tendrán siempre espedita su acción contra los herederos, si el albacea estuviere en mora de pagarles.