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Artículo 1723 — Cuando ambas deudas no son pagaderas en un mismo lugar, ninguna de las partes puede…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1723. Cuando ambas deudas no son pagaderas en un mismo lugar, ninguna de las partes puede oponer la compensación, a menos que una i otra deuda sean de dinero i que el que opone la compensación tome en cuenta los costos de la remesa.

TITULO 18.

De la confusion