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Artículo 1781 — El haber de la sociedad conyugal se compone: 1.° De los salarios i emolumentos de todo…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1781. El haber de la sociedad conyugal se compone:

1.° De los salarios i emolumentos de todo jénero de empleos i oficios devengados durante el matrimonio;

2.° De todos los frutos, réditos, pensiones, intereses i lucros de cualquiera naturaleza que provengan, sea de los bienes sociales, sea de los bienes propios de cada uno de los cónyuges i que se devenguen durante el matrimonio;

3.° Del dinero que cualquiera de los cónyuges aportare al matrimonio, o durante él adquiriere, obligándose la sociedad a la restitución de igual suma;

4.° De las cosas fungibles i especies muebles que cualquiera de los cónyuges aportare al matrimonio, o durante el adquiere; quedando obligada la Sociedad a restituir su valor según el que tuvieron al tiempo del aporte o de la adquisición.

Pero podrán los cónyuges eximir de la comunión cualquiera parte de sus especies muebles, designándolas en las capitulaciones, o en una lista firmada por ambos i por tres testigos domiciliados en el territorio.

5.° De todos los bienes que cualquiera de los cónyuges adquiera durante el matrimonio a título oneroso.

6.° De los bienes raíces que la mujer aporta al matrimonio, apreciados para que la sociedad le restituya su valor en dinero.

Se espresara así en las capitulaciones matrimoniales o en otro instrumento público otorgado al tiempo del aporte, designándose el valor, i se procederá en lo demás como en el contrato de venta de bienes raíces.

Si se estipula que el cuerpo cierto que la mujer aporta, puede restituirse en dinero a elección de la misma mujer o del marido, se seguirán las reglas de las obligaciones alternativas.

JURISPRUDENCIA (2)Declarado exequible (numeral 3, 4 ) Sentencia de la Corte Constitucional C-278 de 2014Declarado exequible bajo condicionamiento (Numeral 6- en el entendido de que tal potestad se predica de ambos contrayentes. ) Sentencia de la Corte Constitucional C-278 de 2014