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Artículo 1805 — Art. 1805. El marido es jefe de la sociedad coniugal i como tal administra libremente los…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1805. El marido es jefe de la sociedad coniugal i como tal administra libremente los bienes sociales i los de su mujer; sujeto, empero, a las obligaciones que por el presente título se le imponen i a las que haya contraído por las capitulaciones matrimoniales