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Artículo 1913 — Art. 1913 La acción de saneamiento por evicción prescribe en cuatro años; mas por lo…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1913 La acción de saneamiento por evicción prescribe en cuatro años; mas por lo tocante a la sola restitución del precio, prescribe según las reglas generales.

Se contará el tiempo desde la fecha de la sentencia de evicción; o si ésta no hubiere llegado a pronunciarse, desde la restitución de la cosa.

CAPITULO 8.°

del saneamiento de vicios redhibitorios