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Artículo 1926 — Art. 1926. La accion para pedir rebaja del precio, sea en el caso del artículo 1915 o en…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1926. La accion para pedir rebaja del precio, sea en el caso del artículo 1915 o en el artículo 1925, prescribe en un año para los bienes muebles i en dieziocho meses para los bienes raices.