NormasLey 84 de 1873 › Artículo 1942

Artículo 1942 — Art. 1942. El derecho que nace del pacto de retroventa no puede cederse.

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1942. El derecho que nace del pacto de retroventa no puede cederse.