NormasLey 84 de 1873 › Artículo 2058

Artículo 2058 — El reconocimiento puede hacerse parcialmente cuando se ha convenido en que la obra se…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2058. El reconocimiento puede hacerse parcialmente cuando se ha convenido en que la obra se apruebe por partes.