NormasLey 84 de 1873 › Artículo 2381

Artículo 2381 — Cuando el acreedor ha puesto al fiador en el caso de no poder subrogarse en sus acciones…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2381. Cuando el acreedor ha puesto al fiador en el caso de no poder subrogarse en sus acciones contra el deudor principal, o contra los otros fiadores, el fiador tendrá derecho para que se le rebaje de la demanda del acreedor todo lo que dicho fiador hubiera podido obtener del deudor principal o de los otros fiadores por medio de la subrogación legal.