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Artículo 258 — Artículo. 258. Muerto uno de los padres, los gastos de la crianza, educacion y…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo. 258. Muerto uno de los padres, los gastos de la crianza, educacion y establecimiento de los hijos, tocarán al sobreviviente en los términos del inciso final del precedente artículo.