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Artículo 259 — Artículo. 259. Las resoluciones del Juez, bajo los respectos indicados en los artículos…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo. 259. Las resoluciones del Juez, bajo los respectos indicados en los artículos anteriores, se revocarán por la cesacion de la causa que haya dado motivo a ellas; y podrán también modíficarse o revocarse por el Juez en todo caso y tiempo, si sobreviene motivo justo.