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Artículo 65 — Caución significa jeneralmente cualquiera obligación que se contrae para la seguridad de…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 65. Caución significa jeneralmente cualquiera obligación que se contrae para la seguridad de otra obligacion propia o ajena. Son especies de caución la fianza, la hipoteca i la prenda.