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Artículo 825 — El derecho de usufructo se puede constituir de varios modos: 1.° Por la lei, como el del…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 825. El derecho de usufructo se puede constituir de varios modos:

1.° Por la lei, como el del padre de familia, sobre ciertos bienes del hijo;

2.° Por testamento.

3.° Por donación, venta u otro acto entre vivos.

4.° Se puede también adquirir un usufructo por prescripción.