Artículo 91. La Lei protege la vida del que está por nacer. El Juez, en consecuencia, tomará, a petición de cualquiera persona, o de oficio, las providencias que le parezcan convenientes para protejer la existencia del no nacido, siempre que crea que de algun modo peligra.
JURISPRUDENCIA (3)
Declarado exequible Sentencia de la Corte Constitucional C-591 de 1995Estarse a lo resuelto ... (En la sentencia C-591 de 1995, respecto de los cargos por desconocimiento de los artículos 1, 2, 5, 11, 12, 13, 14 y 94 de la Constitución. ) Sentencia de la Corte Constitucional C-89 de 2020Declarada inhibida para emitir pronunciamiento de fondo (Respecto de la violación de los artículos 4, 42, 44, 47, 49, 50 y 95 de la Carta Política, así como de lo dispuesto en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura. ) Sentencia de la Corte Constitucional C-89 de 2020