NormasDecreto 196 de 1971 › Artículo 10

Artículo 10 — La publicación será a costa del interesado y deberá contener: 1. Nombre completo del…

Decreto 196 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 10. La publicación será a costa del interesado y deberá contener:

1. Nombre completo del solicitante, documento de identificación, domicilio y dirección.

2°. Tribunal ante el cual se tramita la solicitud.

3°. Universidad que expidió el título, y

4° Término para presentar oposición.