Artículos
- Art. 1 La abogacía tiene como función social la de colaborar con las autoridades en la… Vigente 2 conceptos
- Art. 2 La principal misión del abogado es defender en justicia los derechos de la sociedad y de… Vigente 1 conceptos
- Art. 3 Es abogado quien obtiene el correspondiente título universitario de conformidad con las… Vigente 1 conceptos
- Art. 4 Para ejercer la profesión se requiere estar inscrito como abogado, sin perjuicio de las… Vigente 3 conceptos
- Art. 5 Es requisito para la inscripción haber obtenido el título correspondiente, reconocido… Vigente 1 conceptos
- Art. 6 No podrá ser inscrito como abogado y si ya lo estuviere deberá ser excluido: a. Quien se… Vigente
- Art. 7 Quien pretenda su inscripción como abogado deberá solicitarla por escrito al Tribunal… Vigente
- Art. 8 La solicitud será repartida inmediatamente al Magistrado Sustanciador, quien resolverá… Vigente
- Art. 9 En la actuación a que diere lugar la solicitud de inscripción será parte el Ministerio… Vigente
- Art. 10 La publicación será a costa del interesado y deberá contener: 1. Nombre completo del… Vigente
- Art. 11 Dentro de los diez días siguientes al de la publicación cualquier persona podrá oponerse… Vigente
- Art. 12 Vencido el término de que trata el artículo anterior, la respectiva Sala decretará la… Vigente
- Art. 13 Contra la providencia de la Sala que decida sobre la inscripción procede el recurso de… Vigente
- Art. 14 La negativa de la inscripción solo podrá fundarse en la carencia de las condiciones… Vigente
- Art. 15 En firme la providencia que decrete la inscripción se comunicará al Ministerio de… Vigente 4 conceptos
- Art. 16 El aviso de inscripción expresará: 1o. Nombre completo del abogado y su documento de… Vigente
- Art. 17 Los abogados inscritos con anterioridad a la vigencia de este Decreto, solicitarán del… Vigente
- Art. 18 Los Tribunales expedirán licencia provisional a los abogados que se inscriban a partir de… Vigente
- Art. 19 La Tarjeta Profesional será firmada por el Ministerio de Justicia y contendrá las… Vigente
- Art. 20 La inscripción no causará derechos distintos a los que demanden las publicaciones y la… Vigente
- Art. 21 La inscripción, mientras esté vigente, habilita al abogado para el ejercicio de la… Vigente
- Art. 22 Quien actúe como abogado deberá exhibir su Tarjeta Profesional al iniciar la gestión, de… Vigente
- Art. 23 El Tribunal Superior que haya decretado la inscripción de un abogado podrá en todo… Vigente
- Art. 24 No se podrá ejercer la profesión de abogado ni anunciarse como tal sin estar inscrito y… Vigente
- Art. 25 Nadie podrá litigar en causa propia o ajena si no es abogado inscrito, sin perjuicio de… Vigente
- Art. 26 Los expedientes y actuaciones judiciales o administrativas solo podrán ser examinados: a)… Vigente
- Art. 27 Los dependientes de abogados inscritos solo podrán examinar los expedientes en que dichos… Vigente
- Art. 28 Por excepción se podrá litigar en causa propia sin ser abogado inscrito, en los… Vigente
- Art. 29 También por excepción se podrá litigaren causa propia o ajena, sin ser abogado inscrito… Vigente
- Art. 30 Las facultades de derecho oficialmente reconocidas organizarán, con los alumnos de los… Modificado
- Art. 31 La persona que haya terminado y aprobado los estudios reglamentarios de derecho en… Vigente
- Art. 32 Para poder ejercer la abogacía en las circunstancias y asuntos contemplados en el… Vigente
- Art. 33 En materia penal los procesados pueden, sin necesidad de apoderado, adelantar todas las… Vigente
- Art. 34 Declarado inexequible por la Sentencia de la Corte Constitucional del 8 de Febrero de… Vigente
- Art. 35 Salvo los casos expresamente determinados en la ley no se requiere ser abogado para… Vigente 6 conceptos
- Art. 36 La persona legalmente autorizada para litigar en causa propia que no supiere leer ni… Vigente
- Art. 37 Las personas que sin título profesional fueron autorizadas para ejercer la abogacía con… Vigente
- Art. 38 Las personas autorizadas para ejercer la abogacía de conformidad con los artículos 30, 31… Vigente
- Art. 39 No pueden ejercer la abogacía, aunque se hallen inscritos: 1. Los servidores públicos… Modificado
- Art. 40 En ningún caso podrá el abogado actuar en relación con asuntos de que hubiere conocido en… Vigente
- Art. 41 Incurrirá en ejercicio ilegal de la abogacía y estará sometido a las sanciones señaladas… Vigente
- Art. 42 El funcionario público que, fuera de los casos de excepción señalados en este Título… Vigente
- Art. 43 Cualquier persona podrá denunciar ante las autoridades las infracciones por ejercicio… Vigente
- Art. 44 Corresponde al Ministerio de Justicia con relación a la profesión de abogado: 1o. Llevar… Vigente
- Art. 45 Para el cumplimiento de las funciones señaladas en el artículo anterior, el Ministerio de… Vigente
- Art. 46 El Ministerio de Justicia podrá encomendar a su fondo Rotatorio la impresión de la… Vigente
- Art. 47 Son deberes del abogado: 1. Conservar la dignidad y el decoro de la profesión; 2… Vigente
- Art. 48 Constituyen faltas contra la dignidad de la profesión: (Texto declarado inexequible: 1o… Modificado
- Art. 49 Son faltas contra el decoro profesional: 1a. La propaganda por anuncios hablados o… Vigente
- Art. 50 Constituyen faltas contra el respeto debido a la administración de justicia, las injurias… Vigente
- Art. 51 Son faltas contra la recta administración de justicia: 1a. Emplear medios distintos de la… Vigente
- Art. 52 Son faltas contra la lealtad debida a la administración de justicia. 1a. La proposición… Vigente
- Art. 53 Constituyen faltas de lealtad con el cliente: 1o. No expresarle su franca y completa… Vigente
- Art. 54 Constituyen faltas a la honradez del abogado: 1a. Exigir u obtener remuneración o… Vigente
- Art. 55 Incurre en falta a la debida diligencia profesional: 1o. El abogado que… Vigente
- Art. 56 Constituyen faltas a la lealtad profesional: 1a. Realizar directamente o por interpuesta… Vigente
- Art. 57 La amonestación consiste en la reprensión privada que se hace al infractor por la falta… Vigente
- Art. 58 La censura consiste en la reprobación pública que se hace al infractor por la falta… Vigente
- Art. 59 La suspensión consiste en la prohibición definitiva del ejercicio de la abogacía, que… Vigente
- Art. 60 La exclusión consiste en la prohibición definitiva del ejercicio de la abogacía, que… Vigente
- Art. 61 Las sanciones disciplinarias se aplicarán dentro de los límites señalados en este Título… Vigente
- Art. 62 Las sanciones disciplinarias se anotarán en el Registro del abogado y, excepto la… Vigente
- Art. 63 La reincidencia del abogado en faltas disciplinarias se sancionará así: a) Después de dos… Vigente
- Art. 64 El Abogado excluido de la profesión podrá ser rehabilitado por el Tribunal Disciplinario… Vigente
- Art. 65 En las actuaciones sobre rehabilitación es parte del Ministerio Público. La decisión se… Vigente
- Art. 66 La jurisdicción disciplinaria se ejerce: 1o.Por el Tribunal Disciplinario creado por el… Vigente
- Art. 67 Los Tribunales Superiores de Distrito Judicial ejercerán la jurisdicción disciplinaria en… Vigente
- Art. 68 Mientras la ley organiza el funcionamiento del Tribunal Disciplinario, las funciones… Vigente
- Art. 69 Contra el presunto responsable de una de las infracciones establecidas en el Capítulo 1o… Vigente
- Art. 70 El funcionario público que por cualquier medio tuviere conocimiento de una infracción… Vigente
- Art. 71 Si los hechos materia del proceso disciplinario fueren, además, constitutivos de delito… Vigente
- Art. 72 Recibida la denuncia o el aviso de la posible comisión de una infracción disciplinaria… Modificado
- Art. 73 La Sala Penal decidirá dentro de los quince días siguientes, en providencia motivada, si… Vigente
- Art. 74 En el auto que inicie el proceso disciplinario se ordenará correr traslado al inculpado… Vigente
- Art. 75 Cuando no fuere posible hallar al inculpado para notificarle el auto de traslado dentro… Vigente
- Art. 76 Vencido el término del traslado, las partes tendrán cinco días para pedir pruebas. Dentro… Vigente
- Art. 77 Las pruebas serán practicadas por el Magistrado sustanciador, quien para tal objeto podrá… Modificado
- Art. 78 En cualquier estado del proceso, antes de dictar sentencia, el Tribunal o el Magistrado… Vigente
- Art. 79 Vencido el término probatorio, al día siguiente se ordenará pasar el proceso al Fiscal… Vigente
- Art. 80 Surtidos los traslados, el ponente tendrá diez días para registrar proyecto de fallo, y… Vigente
- Art. 81 Contra la sentencia de primera instancia procede el recurso de apelación que podrá… Vigente
- Art. 82 Recibido el expediente por el Tribunal Disciplinario, se ordenará que pase en traslado al… Vigente
- Art. 83 El proyecto de fallo deberá registrarse en el término de veinte días y la sentencia se… Vigente
- Art. 84 Toda sentencia que ponga fin a un proceso disciplinario deberá comunicarse al Ministerio… Vigente
- Art. 85 El denunciante solo podrá intervenir como coadyuvante en los procesos disciplinarios y su… Vigente
- Art. 86 El proceso disciplinario se adelantará en papel común, en original y copia y sobre esta… Vigente
- Art. 87 El Ministerio público será parte en los procesos disciplinarios y estará representado en… Vigente
- Art. 88 La acción disciplinaria prescribe en dos años que se contarán desde el día que se… Vigente
- Art. 89 El Magistrado, el Agente del Ministerio Público o el Juez comisionado, que… Vigente
- Art. 90 En lo no previsto en el presente Título se aplicarán las normas pertinentes del Código de… Vigente
- Art. 91 La Tarjeta Profesional de Abogado se exigirá a partir del 1o. de julio de 1971. Vigente
- Art. 92 Deróganse las Leyes 62 de 1928, 21 de 1931, y 69 de 1945, y los Decretos 320, 764, 1158… Vigente
- Art. 93 Este Decreto rige desde su promulgación. Comuníquese y Publíquese. Dado en Bogotá, D. E… Vigente