NormasDecreto 196 de 1971 › Artículo 16

Artículo 16 — El aviso de inscripción expresará: 1o. Nombre completo del abogado y su documento de…

Decreto 196 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 16. El aviso de inscripción expresará:

1o. Nombre completo del abogado y su documento de identificación personal.

2o. Tribunal que decretó la inscripción, número y fecha de la providencia respectiva.

3o. Universidad que expidió el título.

4o. Número y fecha de la tarjeta profesional.