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Artículo 65 — En las actuaciones sobre rehabilitación es parte del Ministerio Público. La decisión se…

Decreto 196 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 65. En las actuaciones sobre rehabilitación es parte del Ministerio Público. La decisión se emitirá dentro de los treinta días siguientes a la práctica de las pruebas decretadas de oficio o a solicitud de parte, durante los términos que prudencialmente señale el Tribunal, sin que excedan de treinta días.

CAPITULO 3°.

Jurisdicción y competencia