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Artículo 9 — Funciones de la Junta Nacional de Bomberos. * Aprobar los proyectos presentados, a…

Ley 1575 de 2012
Vigente 1 conceptos de CCE interpretan este artículo

Texto oficial

Artículo 9º. Funciones de la Junta Nacional de Bomberos.

* Aprobar los proyectos presentados, a financiar con el Fondo Nacional de Bomberos.

* Formular los lineamientos y los reglamentos generales de orden técnico, administrativo y operativo, para que sean insumo para las determinaciones de la Dirección Nacional de Bomberos.

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1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 9 de la Ley 1575 de 2012. Los más relevantes:

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