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DOCUMENTOS TIPO

Radicado: C-780 de 2024Fecha: 7 de diciembre de 2024Actor: Fernando José Gutiérrez Ibáñez
Generalidades, Obligatoriedad, Actividad a contratar…
Autoridad 0/100

Los Documentos Tipo expedidos por Colombia Compra Eficiente, en ejercicio de la potestad de la Ley 2022 de 2020, son de obligatoria observancia para las Entidades Estatales sometidas al EGCAP. Por ello, deben aplicarse de manera forzosa en los Procesos de Contratación para los objetos y modalidades cobijados por dichos documentos. Para saber si un objeto (por ejemplo, adecuación, construcción o remodelación de una alcaldía o edificaciones administrativas) está cubierto, debe verificarse si se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra o consultoría estandarizados en las matrices de experiencia. Solo es obligatoria la aplicación del documento tipo específico cuando el objeto y la modalidad están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.

 

DOCUMENTOS TIPO – Generalidades – Obligatoriedad – Aplicación – Actividad a contratar

 

Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.

Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.

Texto del concepto

DOCUMENTOS TIPO – Generalidades – Obligatoriedad – Aplicación – Actividad a contratar

Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.

Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.

Bogotá D.C., 08 de diciembre del 2024

Señor:

Fernando José Gutiérrez Ibáñez

fernandog213@hotmail.com

Valledupar, Cesar

Concepto C- 780 de 2024

Temas:

DOCUMENTOS TIPO – Generalidades – Obligatoriedad – Aplicación – Actividad a contratar

Radicación:

Respuesta a consulta con radicado No. P20241027010886.

Estimado señor Gutiérrez;

En ejercicio de la competencia otorgada por los artículos 3, numeral 5º, y 11, numeral 8º, del Decreto Ley 4170 de 2011, así como lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 1707 de 2018 expedida por esta Entidad, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– responde su solicitud de consulta de fecha 27 de octubre del 2024, en la cual manifiesta lo siguiente:

“[…] La adecuación o construcción de una alcaldía municipal, construcción de auditorio dentro de la alcaldía, remodelación de la alcaldía o edificaciones administrativas, son obligatorios los procesos con pliego tipo o no se encuentran dentro de esa aplicabilidad […]”

De manera preliminar, resulta necesario acotar que esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compra pública. La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales.

Conforme lo expuesto, en aras de satisfacer el derecho fundamental de petición se resolverá su consulta dentro de los límites de la referida competencia consultiva, esto es, haciendo abstracción de las circunstancias particulares y concretas mencionadas en su petición, pero haciendo unas consideraciones sobre las normas generales relacionadas con el problema jurídico de su consulta.

  1. Problema planteado:

De acuerdo con el contenido de su solicitud, esta Agencia resolverá el siguiente problema jurídico: ¿La adecuación, construcción o remodelación de una alcaldía municipal o edificaciones administrativas se encuentran cobijadas por los documentos tipo adoptados por la Agencia Nacional de Contratación Pública?

  1. Respuesta:

En respuesta al problema planteado esta Subdirección manifiesta:

Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra o consultoría estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia de los Documentos Tipo. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.

Por otra parte, es importante señalar que, si la obra que la entidad pretende ejecutar se enmarca en alguno de los tipos de proyectos o actividades incluidas en alguna de las matrices de experiencia de los documentos tipo relacionados con infraestructura de transporte u otro sector, el proceso de selección debe adelantarse utilizando dichos documentos.

  1. Razones de la respuesta:

Lo anterior respuesta se sustenta en las siguientes consideraciones:

  • Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.
  • Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.
  • Para el sector de infraestructura de transporte, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente ha expedido Documentos Tipo[1] para contratar obras públicas de infraestructura de transporte bajo las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía. Así mismo, esta Agencia ha expedido documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría y la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte.
  • En el caso del sector de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, esta Agencia ha expedido documentos tipo para contratar obras públicas bajo las modalidades de selección de licitación pública y licitación pública en la modalidad de llave en mano. También, expidió los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico.
  • A su turno, para el sector de infraestructura social, la Agencia adoptó los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social y de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social. Estos documentos agrupan, a su vez, los sectores de educación, salud, y cultura, recreación y deporte.
  • Así mismo, esta Agencia expidió los documentos tipo de gestión catastral con enfoque multipropósito y los documentos tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con Organismos de Acción Comunal.
  • Las matrices de experiencia de esos documentos tipo establecen los tipos de obra. Con respecto a la actividad a contratar, la Matriz 1 establece cuáles son las actividades que corresponden a cada uno de los tipos obra, con el fin de que la entidad identifique aquellas en las cuales se enmarca, de mejor forma, el objeto que pretende ejecutar y determine los requisitos de experiencia exigibles. Por último, el documento establece los rangos dentro de los cuales se debe identificar el presupuesto del proceso de contratación.
  • Así las cosas, en la etapa de planeación, la entidad estatal debe identificar el tipo de obra y las actividades definidas en la “Matriz 1 – Experiencia”, atendiendo al alcance del objeto a contratar. De esta manera, la “experiencia general” y la “experiencia específica” se solicitarán de acuerdo con la actividad a contratar, con la cuantía del procedimiento y teniendo en cuenta las condiciones técnicas requeridas por la entidad, aspecto que deberá acreditarse de acuerdo con las instrucciones establecidas en dicha matriz para cada actividad.
  • En línea con lo expuesto, lo invitamos a consultar la página web de esta Agencia, particularmente en la sección de Documentos Tipo. Allí, se podrán consultar las versiones vigentes de los documentos tipo, así como la información sobre las modificaciones en curso y la adopción de nuevos documentos tipo: https://www.colombiacompra.gov.co/documentos-tipo/documentos-tipo.
  1. Referencias normativas, jurisprudenciales y otras fuentes:
  1. Doctrina de la Agencia Nacional de Contratación Pública:

Sobre el fundamento normativo de los documentos tipo en la contratación estatal, esta Subdirección se ha pronunciado en los conceptos Nos. C-356 del 6 de julio de 2022, C-654 del 7 de octubre de 2022, C-874 del 22 de diciembre de 2022, C-909 del 5 de enero de 2023, C-945 del 17 de febrero de 2023, C-042 del 29 de marzo de 2023, C-051 del 28 de abril de 2023, C-299 del 24 de julio de 2023 y C-290 del 28 de julio de 2023, C-587 del 23 de octubre del 2024 y C-594 del 24 de octubre del 2024. Estos y otros conceptos se encuentran disponibles para consulta en el Sistema de Relatoría de la Agencia, en el cual también podrás encontrar jurisprudencia del Consejo de Estado, laudos arbitrales y la normativa de la contratación concordada con la doctrina de la Subdirección de Gestión Contractual. Accede a través del siguiente enlace: https://relatoria.colombiacompra.gov.co/.

De otro lado, informamos que ya se encuentra disponible la actualización del Manual de Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación. Esta herramienta ofrece una orientación valiosa para que las entidades públicas determinen los acuerdos comerciales que deben incluir en sus procesos contractuales. Este instrumento se encuentra disponible para consulta en el siguiente enlace: manual_para_el_manejo_de_acuerdos_comerciales_vf.pdf

También lo invitamos a consultar la versión VII  de 2024, del Boletín de Relatoría de la Subdirección de Gestión Contractual relacionado con las ASOCIACIONES PÚBLICO POPULARES, el cual se puede descargar en la página web de la Agencia: https://www.colombiacompra.gov.co/sala-de-prensa/boletin-digital 

Por último, lo invitamos a seguirnos en las redes sociales en las cuales se difunde información institucional:

Twitter: @colombiacompra

Facebook: ColombiaCompraEficiente

LinkedIn: Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente Instagram: @colombiacompraeficiente_cce

Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y las expresiones aquí utilizadas con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que les otorga el artículo 2.2.1.1.1.3.1. del Decreto 1082 de 2015.

Atentamente,

Elaboró:

Ana María Ortiz Ballesteros

Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual

Revisó:

Juan David Cárdenas Cabeza

Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual

Aprobó:

Carolina Quintero Gacharná

Subdirectora de Gestión Contractual ANCP – CCE

  1. Los Documentos Tipo adoptados por la Agencia Nacional de Contratación Pública pueden ser consultados en la página web de Colombia Compra Eficiente, en los diferentes sectores, a través del siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/documentos-tipo/documentos-tipo

Preguntas frecuentes

¿Los Documentos Tipo de Colombia Compra Eficiente son obligatorios para las Entidades Estatales?
Sí. Son de obligatoria observancia para las Entidades Estatales sometidas al EGCAP.
¿Cuándo debe aplicarse forzosamente un Documento Tipo en un proceso de contratación?
Cuando el objeto contractual y la modalidad en la que se va a contratar estén dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones para los sectores cobijados.
¿Cómo se determina si un objeto contractual está cobijado por los Documentos Tipo?
Verificando si el objeto se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra o consultoría estandarizadas en las matrices de experiencia.
¿Qué sectores se deben considerar para la aplicación obligatoria de los Documentos Tipo?
Los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.
Si el proyecto se enmarca en una matriz de experiencia, ¿qué debe hacer la entidad?
Adelantar el proceso de selección usando los documentos tipo correspondientes a los tipos de proyectos o actividades incluidos en la matriz.