Texto oficial
Artículo 2.2.1.1.1.5.6. Certificado del RUP. El certificado del RUP debe contener: (a) los bienes, obras y servicios para los cuales está inscrito el proponente de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios; (b) los requisitos e indicadores a los que se refiere el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del presente decreto; (c) la información relativa a contratos, multas, sanciones e inhabilidades; y (d) la información histórica de experiencia que el proponente ha inscrito en el RUP. Las cámaras de comercio expedirán el certificado del RUP por solicitud de cualquier interesado. Las Entidades Estatales podrán acceder en línea y de forma gratuita a la información inscrita en el RUP.
PARÁGRAFO TRANSITORIO 1. De conformidad con los parágrafos transitorios del artículo 2.2.1.1.1.5.2. del presente Decreto, los requisitos e indicadores de la capacidad financiera y organizacional de que trata el literal (b) del artículo 2.2.1.1.1.5.6. de este Decreto corresponderán a los últimos tres (3) años fiscales anteriores a la inscripción o renovación, dependiendo de la antigüedad del proponente. En armonía con lo anterior, a partir del 1° de julio de 2021, las cámaras de comercio certificarán la información de que tratan los parágrafos transitorios 1, 2 y 3 del artículo 2.2.1.1.1.5.2. de este decreto.
PARÁGRAFO TRANSITORIO 2. El proponente que cuente con inscripción activa y vigente en el RUP, que reporte la información de la capacidad financiera y organizacional, señalada en los parágrafos transitorios 1, 2 y 3 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del presente Decreto, deberá presentarla en el formato unificado que las cámaras de comercio dispongan para tal efecto.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Modificado parcialmente (parágrafos transitorios 1 y 2 ) Artículo 2 DECRETO 1041 de 2022LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)
Artículo 2.2.1.1.1.5.6. Certificado del RUP. El certificado del RUP debe contener: (a) los bienes, obras y servicios para los cuales está inscrito el proponente de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios; (b) los requisitos e indicadores a los que se refiere el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del presente decreto; (c) la información relativa a contratos, multas, sanciones e inhabilidades; y (d) la información histórica de experiencia que el proponente ha inscrito en el RUP. Las cámaras de comercio expedirán el certificado del RUP por solicitud de cualquier interesado. Las Entidades Estatales podrán acceder en línea y de forma gratuita a la información inscrita en el RUP.(Decreto 1510 de 2013, artículo 13)"PARÁGRAFO TRANSITORIO 1: De conformidad con los parágrafos transitorios del artículo 2.2.1.1.1.5.2. del presente Decreto, los requisitos e indicadores de la capacidad financiera y organizacional de que trata el literal (b) del artículo 2.2.1.1.1.5.6. del Decreto número 1082 de 2015 corresponderán a los últimos tres (3) años fiscales anteriores a la inscripción o renovación, dependiendo de la antigüedad del proponente. En armonía con lo anterior, a partir del 1 de julio de 2021, las cámaras de comercio certificarán la información de que tratan los parágrafos transitorios 1 y 2 del artículo 2.2.1.1.1.5.2. de este Decreto".Parágrafo Transitorio 2° . El proponente con inscripción activa y vigente que reporte la información de la capacidad financiera y organizacional, señalada en los parágrafos transitorios 1° y 2° del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del presente decreto, deberá presentarla en el formato que las Cámaras de Comercio dispongan unificadamente para tal efecto.TEXTO CORRESPONDIENTE A (6)
Sustituido (parágrafo transitorio 1 ) Artículo 2 DECRETO 579 de 2021Vigente desde: 31/05/2021 y hasta el: 20/06/2022Artículo 2.2.1.1.1.5.6. Certificado del RUP. El certificado del RUP debe contener: (a) los bienes, obras y servicios para los cuales está inscrito el proponente de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios; (b) los requisitos e indicadores a los que se refiere el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del presente decreto; (c) la información relativa a contratos, multas, sanciones e inhabilidades; y (d) la información histórica de experiencia que el proponente ha inscrito en el RUP. Las cámaras de comercio expedirán el certificado del RUP por solicitud de cualquier interesado. Las Entidades Estatales podrán acceder en línea y de forma gratuita a la información inscrita en el RUP.(Decreto 1510 de 2013, artículo 13)Parágrafo Transitorio 1° . De conformidad con los parágrafos transitorios del artículo 2.2.1.1.1.5.2. del presente decreto, los requisitos e indicadores de la capacidad financiera y organizacional de que trata el literal (b) del artículo 2.2.1.1.1.5.6. del Decreto número 1082 de 2015 corresponderán a los últimos tres (3) años fiscales anteriores a la inscripción o renovación, dependiendo de la antigüedad del proponente. En armonía con lo anterior, a partir del 1° de agosto de 2021, las cámaras de comercio certificarán la información de que tratan los parágrafos transitorios 1 y 2 del artículo 2.2.1.1.1.5.2. de este decreto.Parágrafo Transitorio 2° . El proponente con inscripción activa y vigente que reporte la información de la capacidad financiera y organizacional, señalada en los parágrafos transitorios 1° y 2° del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del presente decreto, deberá presentarla en el formato que las Cámaras de Comercio dispongan unificadamente para tal efecto.TEXTO CORRESPONDIENTE A (5)
Adicionado parcialmente (Parágrafo Transitorio 1° y 2º ) Artículo 5 DECRETO 399 de 2021Vigente desde: 13/04/2021 y hasta el: 30/05/2021Artículo 2.2.1.1.1.5.6. Certificado del RUP. El certificado del RUP debe contener: (a) los bienes, obras y servicios para los cuales está inscrito el proponente de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios; (b) los requisitos e indicadores a los que se refiere el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del presente decreto; (c) la información relativa a contratos, multas, sanciones e inhabilidades; y (d) la información histórica de experiencia que el proponente ha inscrito en el RUP. Las cámaras de comercio expedirán el certificado del RUP por solicitud de cualquier interesado. Las Entidades Estatales podrán acceder en línea y de forma gratuita a la información inscrita en el RUP.(Decreto 1510 de 2013, artículo 13)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 12/04/2021Doctrina de Colombia Compra Eficiente sobre este artículo
39 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 2.2.1.1.1.5.6 de la Decreto 1082 de 2015. Los más relevantes:
-
C-288 de 2021
C-288 de 2021
DECRETO 399 DE 2021, MEJOR AÑO FISCAL · 18 de junio de 2021
-
C-353 de 2021
C-353 de 2021
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, CAPACIDAD FINANCIERA, CAPACIDAD ORGANIZACIONAL… · 19 de julio de 2021
-
C-372 de 2021
C-372 de 2021
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, CAPACIDAD FINANCIERA, CAPACIDAD ORGANIZACIONAL… · 28 de agosto de 2021
-
C-366 de 2021
C-366 de 2021
DECRETO 399 DE 2021, MEJOR AÑO FISCAL · 26 de julio de 2021
-
C-406 de 2021
C-406 de 2021
SELECCIÓN OBJETIVA, DECRETO 399 DE 2021, RUP · 13 de agosto de 2021
-
C-439 de 2022
C-439 de 2022
CAPACIDAD FINANCIERA, DECRETO 579 DE 2021, DECRETOS 399 DE 2021 Y 579 DE 2021… · 5 de julio de 2022
-
C-831 de 2022
C-831 de 2022
REQUISITOS HABILITANTES, CAPACIDAD FINANCIERA, MEJOR AÑO FISCAL, DECRETO 1041… · 28 de noviembre de 2022
-
C-407 de 2021
C-407 de 2021
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, CAPACIDAD FINANCIERA, CAPACIDAD ORGANIZACIONAL… · 25 de agosto de 2021
-
C-595 de 2024
C-595 de 2024
REQUISITOS HABILITANTES, CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL, MEJOR AÑO… · 24 de octubre de 2024
-
C-223 de 2022
C-223 de 2022
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES… · 25 de mayo de 2022
-
C-558 de 2021
C-558 de 2021
DECRETO 399 DE 2021, MEJOR AÑO FISCAL, EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y… · 2 de septiembre de 2021
-
C-411 de 2022
C-411 de 2022
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y… · 23 de junio de 2022
-
C-017 de 2021
C-017 de 2021
CLASIFICACION DE BIENES Y SERVICIOS NACIONES UNIDAS, DOCUMENTOS TIPO · 22 de febrero de 2021
-
C-355 de 2023
C-355 de 2023
DECRETO 1041 DE 2022 · 30 de agosto de 2023
-
C-760 de 2021
C-760 de 2021
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS, PLAN ANUAL DE… · 8 de febrero de 2022
-
C-621 de 2021
C-621 de 2021
DECRETO 399 DE 2021, DECRETO 579 DE 2021, MEJOR AÑO FISCAL, ENTIDADES CON… · 3 de noviembre de 2021
-
C-660 de 2021
C-660 de 2021
DECRETOS 399 DE 2021 Y 579 DE 2021, RUP, EXPERIENCIA, Régimen contractual · 22 de diciembre de 2021
-
C-516 de 2021
C-516 de 2021
DECRETO 399 DE 2021, MEJOR AÑO FISCAL, EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y… · 22 de septiembre de 2021
-
C-538 de 2021
C-538 de 2021
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, MEJOR AÑO FISCAL, PROPONENTES PLURALES… · 27 de septiembre de 2021
-
C-899 de 2024
C-899 de 2024
REQUISITOS HABILITANTES, CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL, RUP, DECRETO… · 30 de diciembre de 2024
-
C-710 de 2021
C-710 de 2021
DECRETO 399 DE 2021, MEJOR AÑO FISCAL, EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y… · 10 de diciembre de 2021
-
C-527 de 2021
C-527 de 2021
CAPACIDAD FINANCIERA, CAPACIDAD ORGANIZACIONAL, DECRETO 399 DE 2021, RUP, MEJOR… · 23 de septiembre de 2021
-
C-571 de 2025
C-571 de 2025
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL, DECRETO 1041 DE 2022, MEJOR AÑO FISCAL · 19 de junio de 2025
-
C-748 de 2020
C-748 de 2020
COMITÉ EVALUADOR · 28 de diciembre de 2020
-
C-320 de 2025
C-320 de 2025
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS · 23 de abril de 2025
-
C-581 de 2021
C-581 de 2021
CAPACIDAD FINANCIERA, CAPACIDAD ORGANIZACIONAL, DECRETO 399 DE 2021, MEJOR AÑO… · 14 de octubre de 2021
-
C-393 de 2022
C-393 de 2022
DECRETO 399 DE 2021, EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL… · 14 de junio de 2022
-
C-1156 de 2025
C-1156 de 2025
REQUISITOS HABILITANTES, DECRETOS 399 Y 579 DE 2021, MEJOR AÑO FISCAL, NORMAS… · 29 de septiembre de 2025
-
C-728 de 2026
C-728 de 2026
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS · 7 de mayo de 2026
-
C-1874 de 2025
C-1874 de 2025
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, RUP, REQUISITOS HABILITANTES · 28 de enero de 2026
…y 9 conceptos más citan este artículo. Búscalos todos con la IA de Abogo.