El Concepto C-521 de 2026 explica que, con base en el artículo 1 de la Ley 2022 de 2020, Colombia Compra Eficiente adopta documentos tipo de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública. Para 2024, relaciona los documentos tipo vigentes por sectores (transporte, infraestructura de agua potable y saneamiento básico, infraestructura social, convenios solidarios y gestión catastral multipropósito) y precisa que la aplicación obligatoria depende de que el objeto y la modalidad de selección encajen en los ámbitos de las resoluciones, usando la Matriz de Experiencia y su glosario.
DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad
El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.
DOCUMENTOS TIPO – Sector transporte − Vigentes – Año 2024
(…) Para el año 2024, se encontraban vigentes los siguientes Documentos Tipo:
I. Sector de Infraestructura de Transporte:
Resolución 240 del 27 de noviembre de 2020: “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0045 de 2020”.
Resolución 241 del 27 de noviembre de 2020: “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0044 de 2020”.
Resolución 625 del 18 de diciembre de 2022: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía y se deroga la Resolución 094 de 2020”.
Resolución 326 del 22 de julio de 2022: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de contratación de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 256 de 2020”.
Resolución 193 del 14 de julio de 2024: “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos, para contratar la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte”.
DOCUMENTOS TIPO – Sector agua potable y saneamiento básico − Vigentes – Año 2024
II. Sector de Infraestructura de Agua Potable y Saneamiento Básico:
Resolución 248 del 1 de diciembre de 2020: «Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico»
Resolución 249 del 1 de diciembre de 2020: “»Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico en la modalidad de llave en mano».
Resolución 333 del 27 de julio de 2022: “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de agua potable y saneamiento básico”.
DOCUMENTOS TIPO – Sector infraestructura social − Vigentes – Año 2024
III. Sector de Infraestructura Social:
Resolución 219 del 6 de agosto de 2021 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social”.
Resolución 220 del 6 de agosto de 2021 «Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo”.
Resolución 392 del 18 de noviembre de 2021 “»Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector salud».
Resolución 454 del 16 de diciembre de 2021 «Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector cultura, recreación y deporte”.
Resolución 798 del 20 de diciembre de 2023 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social; que agrupa los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte”.
DOCUMENTOS TIPO – Convenios solidarios – Catastro multipropósito − Vigentes – Año 2024
IV. Documentos tipo para la contratación directa de convenios solidarios:
Resolución 358 del 30 de junio de 2023 “Por la cual se adopta el documento tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal”.
V. Documentos tipo de gestión catastral:
Resolución 269 del 16 de diciembre de 2020 “Por la cual se adopta el documento tipo para los procesos de gestión catastral con enfoque multipropósito que se celebren a través de contratos interadministrativos”.
DOCUMENTOS TIPO – Aplicación – Matriz de Experiencia
Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.
Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.
DOCUMENTOS TIPO – Sector transporte − Vigentes 2024 – Aplicación – Zonas con procesos de erosión
Como se aprecia, las actividades 4.2 y 4.3, contenidas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo señalados, recaen sobre proyectos de atención, prevención o mitigación de emergencias, respectivamente, mediante: i) obras de estabilización de taludes o recuperación de banca y ii) obras de remoción de derrumbes.
Particularmente, se indica que las actividades señaladas −4.2 y 4.3−, contenidas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 3, aplican a la infraestructura de transporte. En concreto, para efectos de la solicitud, estas recaen sobre la red vial de transporte, puentes, viaductos, túneles, así como sobre ríos, mares, canales de aguas navegables y demás bienes de uso público asociados a estos, de conformidad con lo previsto en el artículo 4°, “Integración de la infraestructura de transporte”, de la Ley 1682 de 2013.
DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Oficinas administrativas
El segundo proceso por el que se indaga en su solicitud corresponde a la “(…) construcción y adecuación de la sede administrativa (…)”.
Sobre el particular, se indica que en el año 2024 no se encontraba vigente ningún Documento Tipo dirigido a la contratación de este tipo de actividades sobre sedes administrativas. Los Documentos Tipo del sector social vigentes en ese año estaban dirigidos a los sectores educativo, salud y cultura, recreación y deporte.
No obstante, en el año 2025 se adoptó una serie de Documentos Tipo en el sector social, entre los que se destacan los Documentos Tipo complementarios del sector institucional, a los cuales sí les resultan aplicables las actividades de construcción y adecuación de sedes administrativas. Sin embargo, estos documentos, adoptados para las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía, son obligatorios a partir del 16 de febrero de 2026.
DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Parques
La Matriz – Experiencia de los Documentos Tipo del sector cultura, recreación y deporte incluía los siguientes capítulos: 1. Obras en infraestructura cultural y 2. Obras en infraestructura recreo deportiva. En el capítulo 2 se encontraba la siguiente actividad, dentro de la cual podría enmarcarse el proceso de selección:
(…)
Como se aprecia, la actividad señalada aplicaba para proyectos de construcción y/o reconstrucción de parques, lo que incluiría solo una de las actividades señaladas en el objeto del proceso consultado, esto es, la construcción, con exclusión de las actividades de estudios y diseños.
Sin perjuicio de lo anterior, considerando que las actividades de estudios y diseños no se encontraban incluidas en la Matriz – Experiencia de los Documentos Tipo del sector cultura, recreación y deporte, la entidad, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución 219 de 2021, podía contratar estas actividades teniendo en cuenta que en dicha disposición se establece que: “Cuando el objeto contractual incluya bienes o servicios ajenos a la obra pública de infraestructura social, la entidad estatal deberá aplicar los Documentos Tipo. Si de manera excepcional requiere incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de dichos bienes o servicios, deberá seguir los siguientes parámetros (…)”. (énfasis fuera del texto original).
DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Salones comunales
Sobre la aplicación de los Documentos Tipo vigentes en el año 2024 para adelantar un proceso de selección cuyo objeto era “Realizar la instalación de estructuras prefabricadas y obras necesarias para la implementación de salones comunales (…)”. Sobre este aspecto, esta Agencia reitera lo señalado en el Concepto C-1399 del 6 de noviembre de 2025, en el que se indicó lo siguiente:
(…)
En este sentido, en la actividad 1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL” y “1.2. PROYECTOS DE TERMINACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O REMODELACIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O MODIFICACIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL”, de la “Matriz – Experiencia” del sector cultura, recreación y deporte se incluyen las obras cuyo objeto consista en la construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal. Lo anterior en la medida que, tal y como se explicó previamente, estos salones comunales tienen la función de generar espacios físicos donde tienen lugar las diversas prácticas y manifestaciones artísticas y culturales de las comunidades.
En consecuencia, respecto a la consulta realizada se concluye que la actividad de construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal deben adelantarse utilizando los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social -sector cultura, recreación y de deporte-.
Texto del concepto
DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad
El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.
DOCUMENTOS TIPO – Sector transporte − Vigentes – Año 2024
(…) Para el año 2024, se encontraban vigentes los siguientes Documentos Tipo:
i. Sector de Infraestructura de Transporte:
Resolución 240 del 27 de noviembre de 2020: “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0045 de 2020”.
Resolución 241 del 27 de noviembre de 2020: “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0044 de 2020”.
Resolución 625 del 18 de diciembre de 2022: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía y se deroga la Resolución 094 de 2020”.
Resolución 326 del 22 de julio de 2022: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de contratación de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 256 de 2020”.
Resolución 193 del 14 de julio de 2024: “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos, para contratar la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte”.
DOCUMENTOS TIPO – Sector agua potable y saneamiento básico − Vigentes – Año 2024
ii. Sector de Infraestructura de Agua Potable y Saneamiento Básico:
Resolución 248 del 1 de diciembre de 2020: "Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico"
Resolución 249 del 1 de diciembre de 2020: “"Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico en la modalidad de llave en mano".
Resolución 333 del 27 de julio de 2022: “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de agua potable y saneamiento básico”.
DOCUMENTOS TIPO – Sector infraestructura social − Vigentes – Año 2024
iii. Sector de Infraestructura Social:
Resolución 219 del 6 de agosto de 2021 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social”.
Resolución 220 del 6 de agosto de 2021 "Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo”.
Resolución 392 del 18 de noviembre de 2021 “"Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector salud".
Resolución 454 del 16 de diciembre de 2021 "Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector cultura, recreación y deporte”.
Resolución 798 del 20 de diciembre de 2023 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social; que agrupa los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte”.
DOCUMENTOS TIPO –Convenios solidarios – Catastro multipropósito − Vigentes – Año 2024
iv. Documentos tipo para la contratación directa de convenios solidarios:
Resolución 358 del 30 de junio de 2023 “Por la cual se adopta el documento tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal”.
v. Documentos tipo de gestión catastral:
Resolución 269 del 16 de diciembre de 2020 “Por la cual se adopta el documento tipo para los procesos de gestión catastral con enfoque multipropósito que se celebren a través de contratos interadministrativos”.
DOCUMENTOS TIPO – Aplicación – Matriz de Experiencia
Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.
Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.
DOCUMENTOS TIPO – Sector transporte − Vigentes 2024 – Aplicación – Zonas con procesos de erosión
Como se aprecia, las actividades 4.2 y 4.3, contenidas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo señalados, recaen sobre proyectos de atención, prevención o mitigación de emergencias, respectivamente, mediante: i) obras de estabilización de taludes o recuperación de banca y ii) obras de remoción de derrumbes.
Particularmente, se indica que las actividades señaladas −4.2 y 4.3−, contenidas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 3, aplican a la infraestructura de transporte. En concreto, para efectos de la solicitud, estas recaen sobre la red vial de transporte, puentes, viaductos, túneles, así como sobre ríos, mares, canales de aguas navegables y demás bienes de uso público asociados a estos, de conformidad con lo previsto en el artículo 4°, “Integración de la infraestructura de transporte”, de la Ley 1682 de 2013.
DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Oficinas administrativas
El segundo proceso por el que se indaga en su solicitud corresponde a la “(…) construcción y adecuación de la sede administrativa (…)”.
Sobre el particular, se indica que en el año 2024 no se encontraba vigente ningún Documento Tipo dirigido a la contratación de este tipo de actividades sobre sedes administrativas. Los Documentos Tipo del sector social vigentes en ese año estaban dirigidos a los sectores educativo, salud y cultura, recreación y deporte.
No obstante, en el año 2025 se adoptó una serie de Documentos Tipo en el sector social, entre los que se destacan los Documentos Tipo complementarios del sector institucional, a los cuales sí les resultan aplicables las actividades de construcción y adecuación de sedes administrativas. Sin embargo, estos documentos, adoptados para las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía, son obligatorios a partir del 16 de febrero de 2026.
DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Parques
La Matriz – Experiencia de los Documentos Tipo del sector cultura, recreación y deporte incluía los siguientes capítulos: 1. Obras en infraestructura cultural y 2. Obras en infraestructura recreo deportiva. En el capítulo 2 se encontraba la siguiente actividad, dentro de la cual podría enmarcarse el proceso de selección:
(…)
Como se aprecia, la actividad señalada aplicaba para proyectos de construcción y/o reconstrucción de parques, lo que incluiría solo una de las actividades señaladas en el objeto del proceso consultado, esto es, la construcción, con exclusión de las actividades de estudios y diseños.
Sin perjuicio de lo anterior, considerando que las actividades de estudios y diseños no se encontraban incluidas en la Matriz – Experiencia de los Documentos Tipo del sector cultura, recreación y deporte, la entidad, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución 219 de 2021, podía contratar estas actividades teniendo en cuenta que en dicha disposición se establece que: “Cuando el objeto contractual incluya bienes o servicios ajenos a la obra pública de infraestructura social, la entidad estatal deberá aplicar los Documentos Tipo. Si de manera excepcional requiere incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de dichos bienes o servicios, deberá seguir los siguientes parámetros (…)”. (énfasis fuera del texto original).
DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Salones comunales
Sobre la aplicación de los Documentos Tipo vigentes en el año 2024 para adelantar un proceso de selección cuyo objeto era “Realizar la instalación de estructuras prefabricadas y obras necesarias para la implementación de salones comunales (…)”. Sobre este aspecto, esta Agencia reitera lo señalado en el Concepto C-1399 del 6 de noviembre de 2025, en el que se indicó lo siguiente:
(…)
En este sentido, en la actividad 1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL” y “1.2. PROYECTOS DE TERMINACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O REMODELACIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O MODIFICACIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL”, de la “Matriz – Experiencia” del sector cultura, recreación y deporte se incluyen las obras cuyo objeto consista en la construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal. Lo anterior en la medida que, tal y como se explicó previamente, estos salones comunales tienen la función de generar espacios físicos donde tienen lugar las diversas prácticas y manifestaciones artísticas y culturales de las comunidades.
En consecuencia, respecto a la consulta realizada se concluye que la actividad de construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal deben adelantarse utilizando los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social -sector cultura, recreación y de deporte-.
Bogotá D.C., 12 de mayo de 2026
Señora
Patricia Ochoa León
Profesional Universitario 219-5 (E)
Oficina de Control Disciplinario Interno
Secretaría de Gobierno de Bogotá
Bogotá D.C
Concepto C–521 de 2026 | |
Temas: | DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad / DOCUMENTOS TIPO – Sector transporte − Vigentes – Año 2024 / DOCUMENTOS TIPO – Sector agua potable y saneamiento básico − Vigentes – Año 2024 / DOCUMENTOS TIPO – Sector infraestructura social − Vigentes – Año 2024 / DOCUMENTOS TIPO –Convenios solidarios – Catastro multipropósito − Vigentes – Año 2024 / DOCUMENTOS TIPO – Aplicación – Matriz de Experiencia / DOCUMENTOS TIPO – Sector transporte − Vigentes 2024 – Aplicación – Zonas con procesos de erosión / DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Oficinas administrativas / DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Parques / DOCUMENTOS TIPO – Sector Social − Vigentes 2024 – Aplicación – Salones comunales |
Radicación: | Respuesta a consulta con radicado No. 1_2026_03_27_004311 |
Estimada señora Ochoa León:
En ejercicio de la competencia otorgada por los artículos 3, numeral 5º, y 11, numeral 8º, del Decreto Ley 4170 de 2011, así como lo establecido en la Resolución No. 469 del 2025 expedida por esta Entidad, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– responde su solicitud de consulta del 27 de marzo de 2026, en la cual manifiesta lo siguiente:
“Comedidamente, en atención al asunto, le informo que, mediante Auto No. 0185 del 23 de febrero de 2026, suscrito por Jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaria Distrital de Gobierno dentro del expediente de la referencia, se resolvió oficiar a la Agencia Nacional De Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, con el fin de solicitar de su colaboración para que, en el término de diez (10) días hábiles, se sirva allegar e informar al Despacho al correo electrónico: procesosdisciphnariosqobiernoboqota.qov.co siguiente:
- Informar si los siguientes objetos contractuales se enmarcan en algún documento tipo vigente para el año 2024.
- Realizar por el sistema de precios unitarios fijos sin formulade reajuste, la implementación de modelos de bioingeniería para la recuperación dé zonas con procesos de erosión o con fenómenos de remoción en masa asociando técnicas dé restauración ecológica como medida de mitigación y adaptación al cambio climático en la localidad de Sumapaz.
- Construcción y adecuación de la sede administrativa en la localidad de Sumapaz, ubicada en la hacienda llano grande, jurisdicción del centro poblado de Betania, de conformidad con los estudios y diseños producto del contrato de consultoría CCS-334-2022.
- Contratar los estudios, diseños y la construcción del parque san juan en el predio Santa Isabel, Centro Poblado San Juan en la Localidad de Sumapaz.
- Realizar la instalación de estructuras prefabricadas y obras necesarias para la implementación de salones comunales en la localidad de Sumapaz, basados en prediseños establecidos por el FORS, por precios unitarios fijos y a monto agotable”.
En ejercicio de las competencias de los artículos 3.5 y 11.8 del Decreto Ley 4170 de 2011, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente resuelve consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos concretos de todos los partícipes de la contratación estatal.
La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública[1]. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, enjuiciar la validez de la actuación de las entidades públicas o de los particulares ni, mucho menos, calificar conductas con presunta incidencia penal, fiscal o disciplinaria, especialmente, cuando existen órganos especializados para estas materias.
Para efectos disciplinarios, el inciso 3 del artículo 226 del Código General del Proceso, normativa a la que remite el artículo 241 de la Ley 1952 de 2019 en materia probatoria, establece expresamente que “No serán admisibles los dictámenes periciales que versen sobre puntos de derecho”. En este contexto, lo decidido en torno al proceso disciplinario del expediente No. 487-2025 Auto No. 0185 del 23 de marzo de 2026, es responsabilidad única y exclusiva de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C. Sin perjuicio de lo anterior, la Agencia –dentro de los límites de sus atribuciones, esto es, al margen de las conductas investigadas en el expediente anteriormente citado– resolverá la consulta conforme a las normas generales del sistema de compras públicas.
1. Problema planteado:
De acuerdo con el contenido de su solicitud, esta Agencia resolverá los siguientes problemas jurídicos: i) ¿Qué documentos tipo se encontraban vigentes en el año 2024?, ii) ¿Cuál es el procedimiento para identificar sí en un proceso se deben implementar los documentos tipo?, iii) ¿Aplicaban los documentos tipo vigentes en el año 2024, para un proceso de selección relacionado con “(…) la implementación de modelos de bioingeniería para la recuperación de zonas con procesos de erosión o con fenómenos de remoción en masa (…)”?, iv) ¿Aplicaban los documentos tipo vigentes en el año 2024, para un proceso de selección relacionado con “(…) construcción y adecuación de la sede administrativa (…)”?, v) ¿Aplicaban los documentos tipo vigentes en el año 2024, para un proceso de selección relacionado con “Contratar los estudios, diseños y la construcción del parque (…)”?, y vi) ¿Aplicaban los documentos tipo vigentes en el año 2024, para un proceso de selección relacionado con “Realizar la instalación de estructuras prefabricadas y obras necesarias para la implementación de salones comunales (…)”?
2. Respuestas:
i. Para el año 2024, se encontraban vigentes los siguientes Documentos Tipo: i. Sector de Infraestructura de Transporte: Resolución 240 del 27 de noviembre de 2020: “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0045 de 2020”. Resolución 241 del 27 de noviembre de 2020: “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0044 de 2020”. Resolución 625 del 18 de diciembre de 2022: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía y se deroga la Resolución 094 de 2020”. Resolución 326 del 22 de julio de 2022: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de contratación de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 256 de 2020”. Resolución 193 del 14 de julio de 2024: “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos, para contratar la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte”. ii. Sector de Infraestructura de Agua Potable y Saneamiento Básico: Resolución 248 del 1 de diciembre de 2020: "Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico" Resolución 249 del 1 de diciembre de 2020: “"Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico en la modalidad de llave en mano". Resolución 333 del 27 de julio de 2022: “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de agua potable y saneamiento básico”. iii. Sector de Infraestructura Social: Resolución 219 del 6 de agosto de 2021 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social”. Resolución 220 del 6 de agosto de 2021 "Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo”. Resolución 392 del 18 de noviembre de 2021 “"Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector salud". Resolución 454 del 16 de diciembre de 2021 "Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector cultura, recreación y deporte”. Resolución 798 del 20 de diciembre de 2023 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social; que agrupa los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte”. iv. Documentos tipo para la contratación directa de convenios solidarios: Resolución 358 del 30 de junio de 2023 “Por la cual se adopta el documento tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal”. v. Documentos tipo de gestión catastral: Resolución 269 del 16 de diciembre de 2020 “Por la cual se adopta el documento tipo para los procesos de gestión catastral con enfoque multipropósito que se celebren a través de contratos interadministrativos”. ii. Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un Documento Tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan Documentos Tipo. iii. El primer proceso de selección se relaciona con “(…) la implementación de modelos de bioingeniería para la recuperación de zonas con procesos de erosión o con fenómenos de remoción en masa (…)”. Sobre el particular, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente le informa que la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte − versión 3, vigentes en el año 2024, en el Capítulo 4 “Obras en vías primarias o secundarias o terciarias o urbanas para atención, prevención o mitigación de emergencias diferentes a contratación directa”, establece las siguientes actividades sobre las que eventualmente podría enmarcarse el proceso de selección: “4.2 PROYECTOS DE ATENCION, PREVENCIÓN O MITIGACIÓN DE OBRAS DE EMERGENCIAS MEDIANTE OBRAS DE ESTABILIZACION DE TALUDES O RECUPERACION DE BANCA 4.3 PROYECTOS DE ATENCION, PREVENCIÓN O MITIGACIÓN DE OBRAS DE EMERGENCIAS MEDIANTE OBRAS DE REMOCIÓN DE DERRUMBES”. Como se aprecia, las actividades 4.2 y 4.3, contenidas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo señalados, recaen sobre proyectos de atención, prevención o mitigación de emergencias, respectivamente, mediante: i) obras de estabilización de taludes o recuperación de banca y ii) obras de remoción de derrumbes. Particularmente, se indica que las actividades señaladas −4.2 y 4.3−, contenidas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 3, aplican a la infraestructura de transporte. En concreto, para efectos de la solicitud, estas recaen sobre la red vial de transporte, puentes, viaductos, túneles, así como sobre ríos, mares, canales de aguas navegables y demás bienes de uso público asociados a estos, de conformidad con lo previsto en el artículo 4°, “Integración de la infraestructura de transporte”, de la Ley 1682 de 2013. En esta medida, la Ley 1682 de 2013 y los mencionados documentos hacen referencia a la infraestructura de transporte, por lo que es posible que los diferentes tipos de actividades susceptibles de ser desarrolladas a través del contrato de obra, dirigidas a intervenir este tipo de infraestructura, deban ser contratadas aplicando los referidos Documentos Tipo. Para constatar lo anterior, es necesario que la Entidad establezca si el objeto “(…) implementación de modelos de bioingeniería para la recuperación de zonas con procesos de erosión o con fenómenos de remoción en masa (…)”, es subsumible dentro de alguna de las actividades contempladas en la Matriz 1, particularmente, dentro de las actividades −4.2 y 4.3−. En este sentido, le corresponde a la entidad estatal, en el marco del proyecto por el que indaga en la solicitud, determinar, con base en las especificaciones técnicas de la obra, si la actividad que se contrató efectivamente se encontraba subsumida en la Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte − versión 3. Para ello, resultan pertinentes las consideraciones previamente expuestas. En ese sentido, si la entidad estatal encuentra que técnicamente, lo que se contrató se adecuaba a alguna de las actividades y tipos de infraestructura señalados en dicha Matriz 1 – Experiencia, obligatoriamente, se tuvieron que aplicar los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 3. iv) El segundo proceso por el que se indaga en su solicitud corresponde a la “(…) construcción y adecuación de la sede administrativa (…)”. No obstante, en el año 2025 se adoptó una serie de Documentos Tipo en el sector social, entre los que se destacan los Documentos Tipo complementarios del sector institucional, a los cuales sí les resultan aplicables las actividades de construcción y adecuación de sedes administrativas. Sin embargo, estos documentos, adoptados para las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía, son obligatorios a partir del 16 de febrero de 2026. v. En relación con el objeto del proceso de selección “Contratar los estudios, diseños y la construcción del parque (…)”, esta Agencia le informa que, tal como se señaló en el punto uno (i) de este concepto, en el año 2024 se encontraban vigentes los Documentos Tipo transversales de licitación de obra pública de infraestructura social −Resolución 219 de 2021− y los Documentos Tipo complementarios aplicables al sector cultura, recreación y deporte −Resolución 454 de 2021−. La Matriz – Experiencia de los Documentos Tipo del sector cultura, recreación y deporte incluía los siguientes capítulos: 1. Obras en infraestructura cultural y 2. Obras en infraestructura recreo deportiva. En el capítulo 2 se encontraba la siguiente actividad, dentro de la cual podría enmarcarse el proceso de selección: “2.1. Proyectos de construcción y/o reconstrucción de parques”. Como se aprecia, la actividad señalada aplicaba para proyectos de construcción y/o reconstrucción de parques, lo que incluiría solo una de las actividades señaladas en el objeto del proceso consultado, esto es, la construcción, con exclusión de las actividades de estudios y diseños. Sin perjuicio de lo anterior, considerando que las actividades de estudios y diseños no se encontraban incluidas en la Matriz – Experiencia de los Documentos Tipo del sector cultura, recreación y deporte, la entidad, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución 219 de 2021, podía contratar estas actividades teniendo en cuenta que en dicha disposición se establece que: “Cuando el objeto contractual incluya bienes o servicios ajenos a la obra pública de infraestructura social, la entidad estatal deberá aplicar los Documentos Tipo. Si de manera excepcional requiere incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de dichos bienes o servicios, deberá seguir los siguientes parámetros (…)”. (énfasis fuera del texto original). Lo dispuesto en el párrafo precedente, en concordancia con el literal m) del numeral 3.5.1 “Características de los contratos presentados para acreditar la experiencia” del documento base de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura social – versión 1 vi. Sobre la aplicación de los Documentos Tipo vigentes en el año 2024 para adelantar un proceso de selección cuyo objeto era “Realizar la instalación de estructuras prefabricadas y obras necesarias para la implementación de salones comunales (…)”. Sobre este aspecto, esta Agencia reitera lo señalado en el Concepto C-1399 del 6 de noviembre de 2025, en el que se indicó lo siguiente: Los objetos contractuales relacionados con la construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal no están expresamente en las actividades a contratar de la “Matriz – Experiencia” de los documentos tipo de cultura, recreación y deporte expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante la Resolución 454 de 2021. Sin embargo, para interpretar el alcance y aplicación de la “Matriz de experiencia” es necesario tener en cuenta las definiciones del “Anexo – Glosario” del sector señalado. Para estos efectos, es pertinente mencionar que el término “Infraestructura Cultural” lo define el numeral 2.60 del “Anexo – Glosario” del sector cultura, recreación y deporte. Por otra parte, el Concejo de Bogotá define a los salones comunales como: “bienes de uso público administrados por la Junta de Acción Comunal en donde las comunidades se reúnen, celebran sus festividades y agasajos, como los matrimonios, cumpleaños, bautizos, entre otros, estos salones han sido espacios en donde se construye la historia y la cultura de los barrios de nuestra ciudad”. Así las cosas, se concluye que los salones comunales son espacios administrados por las juntas de acción comunal cuyo propósito principal es garantizar el desarrollo integral, sostenible y sustentable de la comunidad, mediante procesos territoriales, económicos, políticos, ambientales, culturales y sociales que integren los esfuerzos de la población, sus organismos y las del Estado para promover la mejor calidad de vida. Por tanto, está definición está alineada con lo previsto en el numeral 2.60 del “Anexo – Glosario” del sector cultura, recreación y deporte. En este sentido, en la actividad 1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL” y “1.2. PROYECTOS DE TERMINACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O REMODELACIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O MODIFICACIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL”, de la “Matriz – Experiencia” del sector cultura, recreación y deporte se incluyen las obras cuyo objeto consista en la construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal. Lo anterior en la medida que, tal y como se explicó previamente, estos salones comunales tienen la función de generar espacios físicos donde tienen lugar las diversas prácticas y manifestaciones artísticas y culturales de las comunidades. En consecuencia, respecto a la consulta realizada se concluye que la actividad de construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal deben adelantarse utilizando los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social -sector cultura, recreación y de deporte-. Sin perjuicio de las aclaraciones anteriores, debe advertirse que es la entidad contratante, al momento de adelantar sus actividades de planeación de cada proceso contractual, quien debe determinar si de acuerdo con las particularidades del contrato a ejecutar, este encaja o no dentro de alguna de las actividades de la Matriz 1 – Experiencia de cada Documento Tipo, y si en consecuencia deben aplicarse o no determinados Documentos Tipo, conforme a los parámetros indicados en este concepto. Lo anterior sin que pueda apartarse de su aplicación cuando materialmente el objeto a contratar corresponde con alguna actividad de contemplada en dicha matriz. Finalmente se señala que, al margen de la explicación precedente debe advertirse que el análisis requerido para calificar conductas con presunta incidencia disciplinaria debe ser realizado por quienes tengan interés en ello, de acuerdo con lo explicado la aclaración preliminar del presente oficio. De esta manera, las afirmaciones aquí realizadas no pueden ser interpretadas como juicios de valor sobre circunstancias concretas relacionadas con los hechos del expediente disciplinario que motivan la consulta. Por lo anterior, previo concepto de sus asesores, la solución de situaciones particulares corresponde a los interesados adoptar la decisión correspondiente y, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales. Dentro de este marco, el órgano disciplinario definirá en cada caso concreto lo relacionado con la tipicidad de las conductas investigadas en el expediente No. 487-2025 Auto No. 0185 del 23 de marzo de 2026. Dado que sólo tiene a cargo la interpretación abstracta de las normas del sistema de compras y contratación pública, la Agencia no puede definir un criterio universal y absoluto, sino que brinda elementos de carácter general para que los partícipes del sistema de compras y contratación pública adopten la decisión que corresponda, lo cual es acorde con el principio de juridicidad. Así, cada entidad definirá la forma de adelantar su gestión contractual, sin que sea atribución de Colombia Compra Eficiente validar sus actuaciones. |
3. Razones de la respuesta:
Lo anterior se sustenta en las siguientes consideraciones:
i. El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los Documentos Tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.
Con sustento en esta competencia, esta Agencia expidió diversos grupos de Documentos Tipo aplicables principalmente a la contratación de obras públicas de infraestructura de transporte, agua potable y saneamiento básico y social, para interventoría y consultoría de estudios de ingeniería, pero también, para la celebración de convenios solidarios con Juntas de Acción Comunal y para los procesos de gestión catastral con enfoque multipropósito. De conformidad con las modalidades de selección establecidas en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, estos Documentos Tipo se han expedido para las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía, mínima cuantía, concurso de méritos y contratación directa.
Concretamente, en relación con su solicitud, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente le indica que, para el año 2024, se encontraban vigentes los siguientes Documentos Tipo:
i. Sector de Infraestructura de Transporte:
Resolución 240 del 27 de noviembre de 2020: “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0045 de 2020”.
Resolución 241 del 27 de noviembre de 2020: “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0044 de 2020”.
Resolución 625 del 18 de diciembre de 2022: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía y se deroga la Resolución 094 de 2020”.
Resolución 326 del 22 de julio de 2022: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de contratación de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 256 de 2020”.
Resolución 193 del 14 de julio de 2024: “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos, para contratar la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte”.
ii. Sector de Infraestructura de Agua Potable y Saneamiento Básico:
Resolución 248 del 1 de diciembre de 2020: "Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico"
Resolución 249 del 1 de diciembre de 2020: “"Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico en la modalidad de llave en mano".
Resolución 333 del 27 de julio de 2022: “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de agua potable y saneamiento básico”.
iii. Sector de Infraestructura Social:
Resolución 219 del 6 de agosto de 2021 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social”.
Resolución 220 del 6 de agosto de 2021 "Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo”.
Resolución 392 del 18 de noviembre de 2021 “"Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector salud".
Resolución 454 del 16 de diciembre de 2021 "Por la cual se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector cultura, recreación y deporte”.
Resolución 798 del 20 de diciembre de 2023 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social; que agrupa los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte”.
iv. Documentos tipo para la contratación directa de convenios solidarios:
Resolución 358 del 30 de junio de 2023 “Por la cual se adopta el documento tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal”.
v. Documentos tipo de gestión catastral:
Resolución 269 del 16 de diciembre de 2020 “Por la cual se adopta el documento tipo para los procesos de gestión catastral con enfoque multipropósito que se celebren a través de contratos interadministrativos”.
Es importante resaltar que, en virtud de la regla de inalterabilidad, los Documentos Tipo solo pueden ser modificados en los aspectos en que estos lo permitan. Esto corresponde a aquellos aspectos que se encuentran entre corchetes y resaltados en gris –[texto]–, para lo cual deberán observarse las instrucciones contenidas en los mismos para su diligenciamiento.
Por lo tanto, la entidad solo podrá modificar aspectos de los Documentos Tipo cuando así esté permitido, en los términos expuestos. Lo anterior implica que, en los apartes en que los Documentos Tipo no lo permitan, la entidad deberá integrar el contenido de estos a su proceso de contratación sin ningún tipo de alteración.
ii. Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un Documento Tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan Documentos Tipo.
Uno de los elementos comunes a los diferentes Documentos Tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.
La Matriz – Experiencia, cumple una doble función: Por un lado, sirve para estandarizar las condiciones de experiencia, conforme al parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. De otro lado, dicha matriz permite determinar el ámbito de aplicación de los Documentos Tipo respecto de objetos contractuales asociados, ya que son las actividades descritas en esta las que, obligatoriamente, deben contratarse aplicando Documentos Tipo.
De esta manera, para saber a qué actividades deben aplicarse los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia, la entidad debe verificar que estos apliquen para la modalidad de selección en la que debe celebrarse el proceso, subsumiendo el objeto a contratar en los tipos de proyectos de infraestructura a contratarse. Por tanto, si el objeto contractual a ejecutar se encuadra materialmente dentro de alguno de los tipos actividades concretas señaladas en cada una de las matrices de experiencia, se tendrán que aplicar los documentos tipo −según corresponda−, mientras que en el caso contrario no será forzosa su aplicación.
iii. En atención a que su solicitud se dirige a establecer si una serie de procesos se enmarcan en la aplicación de los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia, vigentes en 2024, a continuación, la Agencia se referirá de manera general a cada uno de ellos.
i. El primer proceso de selección se relaciona con “(…) la implementación de modelos de bioingeniería para la recuperación de zonas con procesos de erosión o con fenómenos de remoción en masa (…)”.
Sobre el particular, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente le informa que la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte − versión 3, vigentes en el año 2024, en el Capítulo 4 “Obras en vías primarias o secundarias o terciarias o urbanas para atención, prevención o mitigación de emergencias diferentes a contratación directa”, establece las siguientes actividades sobre las que eventualmente podría enmarcarse el proceso de selección:
“4.2 PROYECTOS DE ATENCION, PREVENCIÓN O MITIGACIÓN DE OBRAS DE EMERGENCIAS MEDIANTE OBRAS DE ESTABILIZACION DE TALUDES O RECUPERACION DE BANCA
4.3 PROYECTOS DE ATENCION, PREVENCIÓN O MITIGACIÓN DE OBRAS DE EMERGENCIAS MEDIANTE OBRAS DE REMOCIÓN DE DERRUMBES”.
Como se aprecia, las actividades 4.2 y 4.3, contenidas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo señalados, recaen sobre proyectos de atención, prevención o mitigación de emergencias, respectivamente, mediante: i) obras de estabilización de taludes o recuperación de banca y ii) obras de remoción de derrumbes.
Particularmente, se indica que las actividades señaladas −4.2 y 4.3−, contenidas en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 3, aplican a la infraestructura de transporte. En concreto, para efectos de la solicitud, estas recaen sobre la red vial de transporte, puentes, viaductos, túneles, así como sobre ríos, mares, canales de aguas navegables y demás bienes de uso público asociados a estos, de conformidad con lo previsto en el artículo 4°, “Integración de la infraestructura de transporte”, de la Ley 1682 de 2013.
En esta medida, la Ley 1682 de 2013 y los mencionados documentos hacen referencia a la infraestructura de transporte, por lo que es posible que los diferentes tipos de actividades susceptibles de ser desarrolladas a través del contrato de obra, dirigidas a intervenir este tipo de infraestructura, deban ser contratadas aplicando los referidos Documentos Tipo. Para constatar lo anterior, es necesario que la Entidad establezca si el objeto “(…) implementación de modelos de bioingeniería para la recuperación de zonas con procesos de erosión o con fenómenos de remoción en masa (…)”, es subsumible dentro de alguna de las actividades contempladas en la Matriz 1, particularmente, dentro de las actividades −4.2 y 4.3−.
En este sentido, le corresponde a la entidad estatal, en el marco del proyecto por el que indaga en la solicitud, determinar, con base en las especificaciones técnicas de la obra, si la actividad que se contrató efectivamente se encontraba subsumida en la Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte − versión 3. Para ello, resultan pertinentes las consideraciones previamente expuestas.
En ese sentido, si la entidad estatal encuentra que técnicamente, lo que se contrató se adecuaba a alguna de las actividades y tipos de infraestructura señalados en dicha Matriz 1 – Experiencia, obligatoriamente, se tuvieron que aplicar los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 3.
ii. El segundo proceso por el que se indaga en su solicitud corresponde a la “(…) construcción y adecuación de la sede administrativa (…)”.
Sobre el particular, se indica que en el año 2024 no se encontraba vigente ningún Documento Tipo dirigido a la contratación de este tipo de actividades sobre sedes administrativas. Los Documentos Tipo del sector social vigentes en ese año estaban dirigidos a los sectores educativo, salud y cultura, recreación y deporte.
No obstante, en el año 2025 se adoptó una serie de Documentos Tipo en el sector social, entre los que se destacan los Documentos Tipo complementarios del sector institucional, a los cuales sí les resultan aplicables las actividades de construcción y adecuación de sedes administrativas. Sin embargo, estos documentos, adoptados para las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía, son obligatorios a partir del 16 de febrero de 2026[2].
iii. En relación con el objeto del proceso de selección “Contratar los estudios, diseños y la construcción del parque (…)”, esta Agencia le informa que, tal como se señaló en el punto uno (i) de este concepto, en el año 2024 se encontraban vigentes los Documentos Tipo transversales de licitación de obra pública de infraestructura social −Resolución 219 de 2021− y los Documentos Tipo complementarios aplicables al sector cultura, recreación y deporte −Resolución 454 de 2021−.
La Matriz – Experiencia de los Documentos Tipo del sector cultura, recreación y deporte incluía los siguientes capítulos: 1. Obras en infraestructura cultural y 2. Obras en infraestructura recreo deportiva. En el capítulo 2 se encontraba la siguiente actividad, dentro de la cual podría enmarcarse el proceso de selección:
“2.1. Proyectos de construcción y/o reconstrucción de parques”.
Como se aprecia, la actividad señalada aplicaba para proyectos de construcción y/o reconstrucción de parques, lo que incluiría solo una de las actividades señaladas en el objeto del proceso consultado, esto es, la construcción, con exclusión de las actividades de estudios y diseños.
Sin perjuicio de lo anterior, considerando que las actividades de estudios y diseños no se encontraban incluidas en la Matriz – Experiencia de los Documentos Tipo del sector cultura, recreación y deporte, la entidad, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución 219 de 2021, podía contratar estas actividades teniendo en cuenta que en dicha disposición se establece que: “Cuando el objeto contractual incluya bienes o servicios ajenos a la obra pública de infraestructura social, la entidad estatal deberá aplicar los Documentos Tipo. Si de manera excepcional requiere incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de dichos bienes o servicios, deberá seguir los siguientes parámetros (…)”. (énfasis fuera del texto original).
Lo dispuesto en el párrafo precedente, en concordancia con el literal m) del numeral 3.5.1 “Características de los contratos presentados para acreditar la experiencia” del documento base de los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura social – versión 1
iv. Finalmente, usted indaga sobre la aplicación de los Documentos Tipo vigentes en el año 2024 para adelantar un proceso de selección cuyo objeto era “Realizar la instalación de estructuras prefabricadas y obras necesarias para la implementación de salones comunales (…)”. Sobre este aspecto, esta Agencia reitera lo señalado en el Concepto C-1399 del 6 de noviembre de 2025, en el que se indicó lo siguiente:
Los objetos contractuales relacionados con la construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal no están expresamente en las actividades a contratar de la “Matriz – Experiencia” de los documentos tipo de cultura, recreación y deporte expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante la Resolución 454 de 2021. Sin embargo, para interpretar el alcance y aplicación de la “Matriz de experiencia” es necesario tener en cuenta las definiciones del “Anexo – Glosario” del sector señalado.
Para estos efectos, es pertinente mencionar que el término “Infraestructura Cultural” lo define el numeral 2.60 del “Anexo – Glosario” del sector cultura, recreación y deporte. Por otra parte, el Concejo de Bogotá define a los salones comunales como: “bienes de uso público administrados por la Junta de Acción Comunal en donde las comunidades se reúnen, celebran sus festividades y agasajos, como los matrimonios, cumpleaños, bautizos, entre otros, estos salones han sido espacios en donde se construye la historia y la cultura de los barrios de nuestra ciudad”.
Así las cosas, se concluye que los salones comunales son espacios administrados por las juntas de acción comunal cuyo propósito principal es garantizar el desarrollo integral, sostenible y sustentable de la comunidad, mediante procesos territoriales, económicos, políticos, ambientales, culturales y sociales que integren los esfuerzos de la población, sus organismos y las del Estado para promover la mejor calidad de vida. Por tanto, está definición está alineada con lo previsto en el numeral 2.60 del “Anexo – Glosario” del sector cultura, recreación y deporte.
En este sentido, en la actividad 1.1 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL” y “1.2. PROYECTOS DE TERMINACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O REMODELACIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O MODIFICACIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL”, de la “Matriz – Experiencia” del sector cultura, recreación y deporte se incluyen las obras cuyo objeto consista en la construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal. Lo anterior en la medida que, tal y como se explicó previamente, estos salones comunales tienen la función de generar espacios físicos donde tienen lugar las diversas prácticas y manifestaciones artísticas y culturales de las comunidades.
En consecuencia, respecto a la consulta realizada se concluye que la actividad de construcción, adecuación o mejoramiento de un salón comunal deben adelantarse utilizando los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social -sector cultura, recreación y de deporte-.
iv. Sin perjuicio de las aclaraciones anteriores, debe advertirse que es la entidad contratante, al momento de adelantar sus actividades de planeación de cada proceso contractual, quien debe determinar si de acuerdo con las particularidades del contrato a ejecutar, este encaja o no dentro de alguna de las actividades de la Matriz 1 – Experiencia de cada Documento Tipo, y si en consecuencia deben aplicarse o no determinados Documentos Tipo, conforme a los parámetros indicados en este concepto. Lo anterior sin que pueda apartarse de su aplicación cuando materialmente el objeto a contratar corresponde con alguna actividad de contemplada en dicha matriz.
Finalmente se señala que, al margen de la explicación precedente debe advertirse que el análisis requerido para calificar conductas con presunta incidencia disciplinaria debe ser realizado por quienes tengan interés en ello, de acuerdo con lo explicado la aclaración preliminar del presente oficio. De esta manera, las afirmaciones aquí realizadas no pueden ser interpretadas como juicios de valor sobre circunstancias concretas relacionadas con los hechos del expediente disciplinario que motivan la consulta. Por lo anterior, previo concepto de sus asesores, la solución de situaciones particulares corresponde a los interesados adoptar la decisión correspondiente y, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales.
Dentro de este marco, el órgano disciplinario definirá en cada caso concreto lo relacionado con la tipicidad de las conductas investigadas en el expediente No. 487-2025 Auto No. 0185 del 23 de marzo de 2026. Dado que sólo tiene a cargo la interpretación abstracta de las normas del sistema de compras y contratación pública, la Agencia no puede definir un criterio universal y absoluto, sino que brinda elementos de carácter general para que los partícipes del sistema de compras y contratación pública adopten la decisión que corresponda, lo cual es acorde con el principio de juridicidad. Así, cada entidad definirá la forma de adelantar su gestión contractual, sin que sea atribución de Colombia Compra Eficiente validar sus actuaciones.
4. Referencias normativas, jurisprudenciales y otras fuentes:
4. Referencias normativas, jurisprudenciales y otras fuentes:
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5.Doctrina de la Agencia Nacional de Contratación Pública:
La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente se pronunció sobre el ámbito de aplicación de los documentos tipo, en los conceptos C-375 del 27 de septiembre de 2021, C-536 del 29 de septiembre de 2021, P20210826007696 del 6 de octubre de 2021, C-729 del 24 de enero de 2022, C-090 del 16 de marzo de 2022, C-287 del 11 de mayo de 2022, C-334 del 25 de mayo de 2022, C-344 del 9 de junio de 2022, C-436 del 6 de julio de 2022, C-951 del 18 enero de 2023,C-231 del 30 de junio de 2023, C-587 del 23 de octubre de 2024, C-636 del 1 de noviembre de 2024, C-777 del 9 de diciembre de 2024, C-971 del 21 de enero de 2025, C-043 del 13 de febrero de 2026 y C-246 del 12 de marzo de 2026, entre otros.
Estos y otros conceptos se encuentran disponibles para consulta en el Sistema de Relatoría de la Agencia, en el cual también podrás encontrar jurisprudencia del Consejo de Estado, laudos arbitrales y la normativa de la contratación concordada con la doctrina de la Subdirección de Gestión Contractual. Accede a través del siguiente enlace: https://relatoria.colombiacompra.gov.co/ .
La sostenibilidad no es una opción, es una obligación. Por ello, la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– te invita a realizar el Curso de Contratación Pública Sostenible y Socialmente Responsable, una herramienta clave para fortalecer las capacidades de todos los compradores públicos, proveedores, servidores públicos y para generar mayor valor público. Accede al curso y aprende como implementar criterios sociales y ambientales en las diferentes etapas del proceso de contratación:
https://formacionvirtual.colombiacompra.gov.co/mod/page/view.php?id=3718
De otro lado, te contamos que esta Agencia ha da un paso decisivo en la estandarización y modernización del sector social con la expedición de las Resoluciones 539, 540, 541, 952 y 953 de 2025, mediante las cuales adoptó Documentos Tipo para las modalidades de selección de licitación pública (versión 2), selección abreviada de menor cuantía, mínima cuantía, consultoría e interventoría, promoviendo procesos más transparentes, eficientes competitivos y sostenibles en sectores estratégicos como educación, salud, cultura, recreación, deporte, institucional y vivienda. Consulta y descarga los documentos aquí: https://www.colombiacompra.gov.co/normativa-y-relatoria/documentos-tipo
Si quieres conocer más sobre la aplicación de Documentos Tipo puedes consultar la última versión de la Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de obra pública de infraestructura de transporte. En esta actualización se incorporaron orientaciones prácticas dirigidas a entidades públicas, proveedores, organismos de control y demás interesados, con el propósito de facilitar la adecuada implementación de estos instrumentos en los procesos contractuales. Además se incluyeron lineamientos que orientan la implementación de los criterios ambientales y sociales incluidos en los documentos tipo: Consulta la guía aquí:
https://www.colombiacompra.gov.co/archivos/manual/guia-para-la-comprension-e-implementacion-de-los-documentos-tipo-de-obra-publica-de-infraestructura-de-transporte-bajo-las-diferentes-modalidades-de-contratacion-vigentes
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Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y las expresiones utilizadas con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que les otorga el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015.
Atentamente,
Elaboró: | Carlos Mario Castrillón Endo Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual |
Revisó: | Lida Milena Guanumen Pacheco Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual Adriana Katherine López Rodríguez Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual |
Aprobó: | Carolina Quintero Gacharná Subdirectora de Gestión Contractual ANCP – CCE |
La Agencia Nacional de Contratación Pública ‒ Colombia Compra Eficiente fue creada por el Decreto Ley 4170 de 2011. Su objetivo es servir como ente rector de la política de compras y contratación del Estado. Para tales fines, como órgano técnico especializado, le corresponde formular políticas públicas y normas y unificar los procesos de contratación estatal, con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado. El artículo 3 ibidem señala, de manera precisa, las funciones de Colombia Compra Eficiente. Concretamente, el numeral 5º de este artículo establece que le corresponde a esta entidad: “[a]bsolver consultas sobre la aplicación de normas de carácter general y expedir circulares externas en materia de compras y contratación pública”. Seguidamente, el numeral 8º del artículo 11 ibidem señala que es función de la Subdirección de Gestión Contractual: “[a]bsolver consultas sobre la aplicación de normas de carácter general”. ↑
i) Resolución 539 del 21 de agosto de 2015 "Por la cual se adopta la versión -2- de los documentos tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública del sector de infraestructura social y se deroga la Resolución 219 de 2021; se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte - versión 2 y se derogan las Resoluciones 220, 392 у 454 de 2021; y se adoptan los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con los sectores institucional y vivienda".
ii) Resolución 540 del 21 de agosto de 2025 "Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura social; y los documentos tipo complementarios para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura social relacionados con los sectores educación, salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda".
iii) Resolución 541 del 21 de agosto de 2025 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de mínima cuantía de obra pública de infraestructura social; y los documentos tipo complementarios para los procesos de mínima cuantía de obra pública de infraestructura social relacionados con los sectores educación, salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda”.
iv) Resolución 952 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos, para contratar la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura social; que agrupa los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda”.
v) Resolución 953 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se adopta la versión - 2 de los documentos tipo transversales para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social, los documentos tipo complementarios para los procesos de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura social relacionados con el sector educación, salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda y se deroga la Resolución 798 del 29 de diciembre de 2023".
Las Resoluciones 539, 540 y 541 del 21 de agosto de 2025, así como las Resoluciones 952 y 953 del 15 de diciembre de 2025, adoptadas en el sector de infraestructura social, aplican de forma transversal a las modalidades de selección indicadas y a los proyectos de infraestructura, interventoría y consultoría enmarcados dentro de los sectores educativo, salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda, en los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 16 de febrero de 2026. ↑