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DOCUMENTOS TIPO

Radicado: C-762 de 2024Fecha: 4 de diciembre de 2024Actor: Yesid Martin
Fundamento Normativo Ley 2022 de 2020, Ámbito de aplicación
Autoridad 0/100

Los Documentos Tipo expedidos por Colombia Compra Eficiente, en ejercicio de la Ley 2022 de 2020, son de obligatoria observancia para las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación. Por ello, las entidades deben aplicarlos forzosamente cuando el objeto y la modalidad del proceso estén cobijados por los Documentos Tipo.

DOCUMENTOS TIPO – Fundamento Normativo –Ley 2022 de 2020

 

Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia para las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Debido a esto tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo. • Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo es necesario establecer si el mismo se enmarca dentro de los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que en el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.

Texto del concepto

DOCUMENTOS TIPO – Fundamento Normativo –Ley 2022 de 2020

Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia para las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Debido a esto tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo. • Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo es necesario establecer si el mismo se enmarca dentro de los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que en el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.

Bogotá D.C., 05 de Diciembre de 2024

Señor

Yesid Martin yesmartin2023@gmail.com Bogotá, D.C.

Concepto C–762 de 2024

Temas: DOCUMENTOS TIPO – Fundamento Normativo –Ley 2022 de 2020-.

Radicación: Respuesta a consulta con radicado No. P20241022010680

Estimado señor Martin:

En ejercicio de la competencia otorgada por los artículos 3, numeral 5º, y 11, numeral 8º, del Decreto Ley 4170 de 2011, así como lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 1707 de 2018 expedida por esta Entidad, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– responde su solicitud de consulta de fecha 22 de octubre de 2024, en la cual manifiesta lo siguiente:

“(…) quisiera saber si los pliegos tipos correponden unicamnete a licitacion de obra es que al revisar los documentos cargados por Colombia compra eficiente se obserba que la matriz de experiencia ejemplo para el área social la MATRIZ – EXPERIENCIA PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL SECTOR CULTURA, RECREACIÓN Y

DEPORTE se observa estos rangos y quisiera saber si solo aplica es para licitaciones de obra o para procesos de menor cuantía "selección abreviada y mínima también”.

De manera preliminar, resulta necesario acotar que esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compra pública. La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de

los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales.

Conforme lo expuesto, en aras de satisfacer el derecho fundamental de petición se resolverá su consulta dentro de los límites de la referida competencia consultiva, esto es, haciendo abstracción de las circunstancias particulares y concretas mencionadas en su petición, pero haciendo unas consideraciones sobre las normas generales relacionadas con el (los) problema(s) jurídico(s) de su consulta.

Problema planteado:

De acuerdo con el contenido de su solicitud, esta Agencia resolverá el siguiente problema jurídico: ¿los Documentos Tipo publicados por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, aplica únicamente para procesos de licitación de obra?

Respuesta:

Los documentos Tipo, aplican únicamente para los procesos que correspondan a las actividades definidas o estandarizadas en las matrices de experiencia, expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente para cada uno de los sectores a los que están dirigidos y bajo las modalidades o tipologías de selección contractual que estaban establecidas. En los procesos de contratación de actividades que no se subsumen en ninguno de los tipos de obra o actividades a contratar estandarizadas en las matrices de experiencia implementadas por los Documentos Tipo, no resultan aplicables de manera obligatoria los referidos documentos tipo. A la fecha, la Agencia ha expedido seis grupos de Documentos Tipo; con los siguientes ámbitos de aplicación:

    • Documentos Tipo de Infraestructura de Transporte, para los siguientes ámbitos de aplicación:
      • Documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte.
      • Documentos tipo de menor cuantía para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten bajo la modalidad de mínima cuantía.
      • Documentos tipo de menor cuantía para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten bajo la modalidad de Selección abreviada.
      • Documentos tipo de Concurso de Méritos Abierto para interventoría de obra pública de infraestructura de transporte.
      • Documentos tipo de Concurso de Méritos Abierto para consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte.
    • Documentos Tipo de Infraestructura de agua potable y saneamiento básico, para los siguientes ámbitos de aplicación:
      • Documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico.
      • Documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se adelanten bajo la modalidad de llave en mano.
      • Documentos tipo de Concurso de Méritos Abierto para interventoría de obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico.
    • Documentos Tipo de Gestión catastral con enfoque multipropósito, para los siguientes ámbitos de aplicación:
      • Documentos tipo para los procesos de contratación de gestión catastral con enfoque multipropósito, que se celebren bajo la modalidad de contratos interadministrativos de formación o actualización y conservación catastral.
    • Documentos Tipo de licitación de obra pública de Infraestructura social, que agrupa los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte.
    • Documentos Tipo de Convenios solidarios, para ejecución de obras hasta la menor cuantía; bajo la modalidad de contratación directa con organismos de acción comunal.
    • Documentos Tipo de Concurso de Méritos Abierto para interventoría de obra pública de infraestructura social, que agrupa los sectores de educación, salud, cultura, recreación y deporte.
Razones de la respuesta:

Lo anterior se sustenta en las siguientes consideraciones:

    • Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia para las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Debido a esto tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.
    • Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo es necesario establecer si el mismo se enmarca dentro de los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que en el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas para los sectores de infraestructura de transporte, infraestructura de agua potable y saneamiento básico, infraestructura social.
    • Sin perjuicio de lo anterior debe advertirse que el análisis requerido para establecer si a determinado objeto contractual le aplica o no un documento tipo debe ser realizado por la entidad contratante en consideración a las particularidades y especificaciones del respectivo objeto contractual, de acuerdo con lo explicado supra. De esta manera, lo explicado en el presente concepto no puede ser interpretado como un pronunciamiento respecto del objeto contractual aludido en la petición, ni las afirmaciones aquí realizadas pueden ser interpretadas como juicios de valor sobre circunstancias relacionadas con los hechos que motivan la petición.
Referencias normativas, jurisprudenciales y otras fuentes:
  1. Doctrina de la Agencia Nacional de Contratación Pública :

Sobre el ámbito de aplicación de los documentos tipo se pronunció esta Subdirección en los conceptos C-021 de 23 de febrero de 2021, C-375 del 27 de septiembre de 2021, C-428 de 20 de agosto de 2021, C-536 del 29 de septiembre de 2021, C-090 del 16 de marzo de 2022, C-287 del 11 de mayo de 2022, C-334 del 25 de mayo de 2022, C-344 del 09 de junio de 2022, C-369 de 23 de mayo de 2022, C-436 del 6 de julio de 2022, C-729 del 24 de enero de 2022, C-951 del 18 enero de 2023, C-161 de 16 de julio de 2024, C-468 del 23 de septiembre de 2024.

Estos y otros conceptos se encuentran disponibles para consulta en el Sistema de relatoría de la Agencia, al cual se puede acceder a través del siguiente enlace: https://relatoria.colombiacompra.gov.co/busqueda/conceptos

También le invitamos a consultar las versiones I al VI de 2024 del Boletín de Relatoría de la Subdirección de Gestión Contractual, las cuales puede descargar en la página web de la Agencia: https://www.colombiacompra.gov.co/sala-de- prensa/boletin-digital

Por último, lo invitamos a seguirnos en las redes sociales en las cuales se difunde información institucional:

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Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y las expresiones aquí utilizadas con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que les otorga el artículo 2.2.1.1.1.3.1. del Decreto 1082 de 2015.

Atentamente,


Pedro Nel Ávila Navarro

Elaboró:

Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual Juan David Cárdenas Cabeza

Revisó:

Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual

Aprobó: Carolina Quintero Gacharná

Subdirectora de Gestión Contractual ANCP – CCE

Preguntas frecuentes

¿Los Documentos Tipo de Colombia Compra Eficiente aplican únicamente a licitación de obra?
No. Aplican a los procesos que correspondan a actividades definidas o estandarizadas en las matrices de experiencia y bajo las modalidades o tipologías establecidas en los Documentos Tipo.
¿Cómo se determina si un proceso está cobijado por los Documentos Tipo?
Se debe verificar si el objeto contractual se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las matrices de experiencia.
¿En qué casos no resulta obligatoria la aplicación de un Documento Tipo?
Cuando las actividades del proceso no se subsumen en ninguno de los tipos de obra o actividades estandarizadas en las matrices de experiencia implementadas por los Documentos Tipo.
¿Para qué sectores se define el ámbito de aplicación de los Documentos Tipo?
En los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social, conforme a las resoluciones expedidas para esos sectores.
¿Colombia Compra Eficiente puede resolver casos particulares sobre aplicación de Documentos Tipo?
No. La Agencia solo responde sobre la aplicación de normas de carácter general en compras y contratación pública; resolver controversias o asesorar casos puntuales desborda sus atribuciones.