Texto oficial
Artículo 2.2.1.2.4.2.6. Definición de emprendimientos y empresas de personas con discapacidad . Con el propósito de adoptar medidas afirmativas que incentiven la participación de las personas con discapacidad en el sistema de compras y contratación pública, mediante la reglamentación del puntaje al que se refiere el numeral 1 del artículo 13 de la Ley 1618 de 2013 y el desarrollo del sistema de preferencias del numeral 8 del mismo artículo, se entenderán como emprendimientos y empresas de personas con discapacidad aquellos que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
1. Personas naturales con discapacidad que ejerzan una profesión liberal. Esta circunstancia se acreditará mediante la copia de cédula de ciudadanía, la cédula de extranjería o el pasaporte, el certificado de discapacidad expedido de acuerdo con la normativa del Ministerio de Salud y Protección Social, así como el título profesional correspondiente.
2. Personas naturales con discapacidad que hayan realizado actividades comerciales a través de un establecimiento de comercio, durante al menos el último año anterior a la fecha de cierre del proceso de selección. Esta circunstancia se acreditará mediante la copia de cédula de ciudadanía, la cédula de extranjería o el pasaporte, el certificado de discapacidad expedido de acuerdo con la normativa del Ministerio de Salud y Protección Social, así como la copia del registro mercantil.
3. Personas jurídicas donde más del cincuenta por ciento (50%) de sus acciones, partes de interés o cuotas de participación pertenezcan a personas con discapacidad y los derechos de propiedad hayan pertenecido a estas durante al menos el último año anterior a la fecha de cierre del Proceso de Selección.
La circunstancia de la propiedad de la persona jurídica se acreditará mediante certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal, cuando exista, de acuerdo con los requerimientos de ley o, el contador, donde conste la distribución de los derechos en la sociedad y el tiempo en el que las personas con discapacidad han mantenido su participación. Adicionalmente se debe adjuntar la copia de cédula de ciudadanía, la cédula de extranjería o el pasaporte, el certificado de discapacidad expedido de acuerdo con la normativa del Ministerio de Salud y Protección Social, así como la copia del certificado de existencia y representación legal.
4. Personas jurídicas que tengan vinculadas laboralmente al menos una persona con discapacidad en empleos del nivel directivo de la empresa durante al menos el último año anterior a la fecha de cierre del Proceso de Selección en el mismo cargo u otro del mismo nivel.
Por otra parte, se entenderá como empleos del nivel directivo aquellos cuyas funciones están relacionadas con la dirección de áreas misionales de la empresa y la toma de decisiones a nivel estratégico. En este sentido, serán cargos de nivel directivo los que dentro de la organización de la empresa se encuentran ubicados en un nivel de mando o los que por su jerarquía desempeñan cargos encaminados al cumplimiento de funciones orientadas a representar al empleador.
Esta circunstancia se acreditará mediante certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal, cuando exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o el contador, donde se señale de manera detallada las personas con discapacidad que ocupan cargos de nivel directivo del proponente y el tiempo de vinculación.
La certificación deberá relacionar el nombre completo y el número de documento de identidad de las personas con discapacidad que ocupan cargos de nivel directivo del proponente. Como soporte, se anexará copia de los respectivos documentos de identidad, copia de los contratos de trabajo o certificación laboral con las funciones, así como el certificado de aportes a seguridad social del último año en el que se demuestren los pagos realizados por el empleador, y el certificado de discapacidad expedido de acuerdo con la normativa del Ministerio de Salud y Protección Social.
Parágrafo. Respecto de los incentivos contractuales para los emprendimientos y empresas de personas con discapacidad, las certificaciones de que trata el presente artículo deben expedirse bajo la gravedad de juramento con una fecha de máximo treinta (30) días calendario anteriores a la prevista para el cierre del procedimiento de selección.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (17)
Artículo 2.2.1.2.4.2.6. Puntaje adicional para proponentes con trabajadores con discapacidad . En los procesos de licitaciones públicas y concursos de méritos, para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deberán otorgar el uno por ciento (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos:1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección.2. Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.Verificados los anteriores requisitos, se asignará el 1%, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:NÚMERO TOTAL DE TRABAJADORES DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL PROPONENTENÚMERO MÍNIMO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD EXIGIDOEntre 1 y 301Entre 31 y 1002Entre 101 y 1503Entre 151 y 2004Más de 2005Parágrafo . Para efectos de lo señalado en el presente artículo, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.TEXTO CORRESPONDIENTE A (3)
Modificado Artículo 1 DECRETO 287 de 2026Adicionado Artículo 1 DECRETO 392 de 2018Vigente desde: 26/02/2018 y hasta el: 20/03/2026Doctrina de Colombia Compra Eficiente sobre este artículo
52 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 2.2.1.2.4.2.6 de la Decreto 1082 de 2015. Los más relevantes:
-
C-063 de 2020
C-063 de 2020
DOCUMENTOS TIPO, ACCIONES AFIRMATIVAS · 24 de febrero de 2020
-
C-137 de 2020
C-137 de 2020
N/A · 26 de marzo de 2020
-
C-429 de 2020
C-429 de 2020
DOCUMENTOS TIPO, PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD, RECHAZO DE LA OFERTA, PRECIOS… · 24 de julio de 2020
-
C-397 de 2020
C-397 de 2020
30 de junio de 2020
-
C-676 de 2020
C-676 de 2020
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD · 21 de noviembre de 2020
-
C-473 de 2026
C-473 de 2026
DECRETO 0287 DE 2026 · 7 de mayo de 2026
-
C-343 DE 2022
C-343 DE 2022
LEY DE EMPRENDIMIENTO, DECRETO 1860 DE 2021, INCENTIVO, FACTORES DE DESEMPATE… · 31 de mayo de 2022
-
C-058 de 2023
C-058 de 2023
SUBSANABILIDAD, PERSONAS CON DISCAPACIDAD, CRITERIOS DIFERENCIALES PARA… · 10 de mayo de 2023
-
C-885 de 2022
C-885 de 2022
DOCUMENTOS TIPO DE LICITACIÓN, PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, SELECCIÓN… · 27 de diciembre de 2022
-
C-134 de 2025
C-134 de 2025
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, DOCUMENTOS TIPO DE LICITACIÓN · 14 de marzo de 2025
-
C-372 de 2023
C-372 de 2023
PUNTAJE ADICIONAL, PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, CAPACIDAD RESIDUAL · 12 de septiembre de 2023
-
C-119 de 2021
C-119 de 2021
PERSONAS CON DISCAPACIDAD · 30 de marzo de 2021
-
C-629 de 2026
C-629 de 2026
SISTEMA DE PREFERENCIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DECRETO 287 DE 2026 · 11 de mayo de 2026
-
C-436 de 2021
C-436 de 2021
CONTRATACION PÚBLICA, PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, VINCULACIÓN DE… · 26 de agosto de 2021
-
C-120 de 2023
C-120 de 2023
DOCUMENTOS TIPO DE LICITACIÓN, PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD · 11 de mayo de 2023
-
C-129 de 2021
C-129 de 2021
COLOMBIA COMPRA EFICIENTE, DOCUMENTOS TIPO, PERSONAS EN CONDICIÓN DE… · 13 de abril de 2021
-
C-517 de 2020
C-517 de 2020
5 de agosto de 2020
-
C-520 de 2024
C-520 de 2024
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD · 23 de septiembre de 2024
-
C-308 de 2021
C-308 de 2021
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD · 29 de junio de 2021
-
C-686 de 2026
C-686 de 2026
DECRETO 0287 DE 2026, DECRETO 392 DE 2018 · 28 de mayo de 2026
-
C-338 de 2025
C-338 de 2025
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, DOCUMENTOS TIPO DE LICITACIÓN · 25 de abril de 2025
-
C-334 de 2021
C-334 de 2021
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, SELECCIÓN OBJETIVA, EMPATE, FACTORES DE… · 9 de julio de 2021
-
C-847 de 2024
C-847 de 2024
CONTRATACION PÚBLICA, PERSONAS EN CONDICIONES DE DISCAPACIDAD · 23 de diciembre de 2024
-
C-427 de 2021
C-427 de 2021
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD · 20 de agosto de 2021
-
C-1342 de 2025
C-1342 de 2025
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, DECRETO 1082 DE 2015 · 23 de octubre de 2025
-
C-465 de 2021
C-465 de 2021
CONTRATACIÓN ESTATAL, FACTORES DE DESEMPATE · 7 de septiembre de 2021
-
C-648 de 2026
C-648 de 2026
SISTEMA DE PREFERENCIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DECRETO 287 DE 2026 · 15 de mayo de 2026
-
C-484 de 2026
C-484 de 2026
DECRETO 287 DE 2026 · 7 de mayo de 2026
-
C-843 de 2026
C-843 de 2026
PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, DOCUMENTOS TIPO DE LICITACIÓN · 1 de julio de 2026
-
C-657 de 2026
C-657 de 2026
DOCUMENTOS TIPO, DECRETO 287 DE 2026 · 26 de junio de 2026
…y 22 conceptos más citan este artículo. Búscalos todos con la IA de Abogo.