Los Documentos Tipo expedidos por Colombia Compra Eficiente, en ejercicio de la Ley 2022 de 2020, son de obligatoria observancia para las Entidades Estatales sometidas al EGCAP. En los objetos y modalidades cobijados por dichos documentos, las entidades deben aplicarlos de manera forzosa para desarrollar sus Procesos de Contratación. Para infraestructura de transporte en licitación (versión 4) y criterios ambientales y sociales, la acreditación del compromiso y la asignación de puntaje se realiza con el “Formato 14 – Criterios Ambientales y Sociales”, diligenciado bajo gravedad del juramento. El proponente asume actividades de una de tres opciones definidas según el presupuesto del proceso en SMMLV (≤1.000, entre 1.001 y 13.000, o ≥13.001). El documento también remite a la memoria justificativa y al análisis de criterios ponderables (numeral 4.2.4 del Documento Base).
DOCUMENTOS TIPO – Generalidades – Obligatoriedad
Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.
DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de transporte – Licitación – Versión 4 – Criterios ambientales y sociales – Acreditación
Para la acreditación del compromiso y asignación de puntaje por criterios ambientales y sociales, el proponente deberá presentar el “Formato 14 – Criterios Ambientales y Sociales”, debidamente diligenciando, mediante el cual conste, bajo la gravedad del juramento, el compromiso que en ese sentido asume de realizar las actividades contempladas en alguna de las tres (3) opciones enlistadas en el Documento Base, según el presupuesto de la entidad. Estas opciones contemplan varias actividades que se compromete a ejecutar el proponente, dependiendo de si el presupuesto del proceso de contratación es (i) igual o menor a 1.000 SMMLV –opción 1–, (ii) entre 1.001 y 13.000 SMMLV –opción 2– o (iii) igual o mayor a 13.001 SMMLV –opción 3–.
Por su parte, la memoria justificativa de los documentos tipo en comento contienen un anexo denominado “ANEXO MEMORIA JUSTIFICATIVA – ANÁLISIS SECTORIAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO TIPO INFRAESTRUCTURA TRANSPORTE MODALIDADES DE SELECCIÓN LICITACIÓN PÚBLICA, SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA Y MÍNIMA CUANTÍA. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE”. El título III “Análisis de criterios de evaluación ponderables solicitados en los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte” dispone, también, el contenido del numeral 4.2.4 del Documento Base de los documentos tipo de infraestructura de transporte –versión 4–, con las mismas tres (3) opciones con las que cuenta la entidad, dependiendo del presupuesto del proceso de contratación.
Texto del concepto
DOCUMENTOS TIPO – Generalidades – Obligatoriedad
Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.
DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de transporte – Licitación – Versión 4 – Criterios ambientales y sociales – Acreditación
Para la acreditación del compromiso y asignación de puntaje por criterios ambientales y sociales, el proponente deberá presentar el “Formato 14 – Criterios Ambientales y Sociales”, debidamente diligenciando, mediante el cual conste, bajo la gravedad del juramento, el compromiso que en ese sentido asume de realizar las actividades contempladas en alguna de las tres (3) opciones enlistadas en el Documento Base, según el presupuesto de la entidad. Estas opciones contemplan varias actividades que se compromete a ejecutar el proponente, dependiendo de si el presupuesto del proceso de contratación es (i) igual o menor a 1.000 SMMLV –opción 1–, (ii) entre 1.001 y 13.000 SMMLV –opción 2– o (iii) igual o mayor a 13.001 SMMLV –opción 3–.
Por su parte, la memoria justificativa de los documentos tipo en comento contienen un anexo denominado “ANEXO MEMORIA JUSTIFICATIVA – ANÁLISIS SECTORIAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO TIPO INFRAESTRUCTURA TRANSPORTE MODALIDADES DE SELECCIÓN LICITACIÓN PÚBLICA, SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA Y MÍNIMA CUANTÍA. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE”. El título III “Análisis de criterios de evaluación ponderables solicitados en los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte” dispone, también, el contenido del numeral 4.2.4 del Documento Base de los documentos tipo de infraestructura de transporte –versión 4–, con las mismas tres (3) opciones con las que cuenta la entidad, dependiendo del presupuesto del proceso de contratación.
Bogotá D.C.
Señora
María Alejandra Cárdenas Baracaldo
Representante legal
DICOIN DISEÑOS CONSTRUCCIONES E INTERVENTORIAS S.A.S.
Cajicá, Cundinamarca
Concepto C – 665 de 2024 | |
Temas: | DOCUMENTOS TIPO – Generalidades – Obligatoriedad / DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de transporte – Licitación – Versión 4 – Criterios ambientales y sociales – Acreditación |
Radicación: | Respuesta a consulta con radicado No. P20240927009890 |
Estimada señora Cárdenas Baracaldo:
En ejercicio de la competencia otorgada por los artículos 3, numeral 5º, y 11, numeral 8º, del Decreto Ley 4170 de 2011, así como lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 1707 de 2018 expedida por esta Entidad, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– responde su solicitud de consulta de fecha 27 de septiembre de 2024. En relación con las nuevas versiones de los documentos tipo de obra pública de infraestructura de transporte adelantados bajos las modalidades de selección de licitación pública –versión 4– y selección abreviada de menor cuantía –versión 3–, usted manifiesta lo siguiente:
“1. ¿Cuáles son los documentos que se deben entregar para acreditar el cumplimiento de los Criterios Ambientales y Sociales?
2. ¿En qué momento se deben presentar los documentos para acreditar el cumplimiento de los Criterios Ambientales y Sociales?
3. ¿Cuáles son los criterios técnicos que deben tener en cuenta las entidades para escoger una de las opciones contempladas en los criterios ambientales y sociales del numeral 4.2.4.?.
4. En el anexo de la memoria justificativa “análisis sectorial para la actualización del documento tipo infraestructura transporte modalidades de selección licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía. infraestructura de transporte” en la página 64 menciona “Constancias y/o copia de contratos que acrediten la vinculación de personal de la comunidad, descrito en estos numerales” ¿en qué casos aplica entregar esos documentos? ¿es decir que se debe contratar mano de obra local?”
De manera preliminar, resulta necesario acotar que esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compras públicas. La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales.
Conforme a lo expuesto, en aras de satisfacer el derecho fundamental de petición se resolverá su consulta dentro de los límites de la referida competencia consultiva, esto es, haciendo abstracción de las circunstancias particulares y concretas mencionadas en su petición, pero haciendo unas consideraciones sobre las normas generales relacionadas con el problema jurídico de su consulta.
- Problema planteado:
De acuerdo con el contenido de su solicitud, esta Agencia resolverá el siguiente problema jurídico: ¿cómo opera la acreditación de los criterios ambientales y sociales conforme a los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte –versión 4–?
- Respuesta:
Recientemente, esta Agencia expidió las nuevas versiones de los documentos tipo de licitación –versión 4– y selección abreviada de menor cuantía –versión 3– de obra pública de infraestructura de transporte. Asimismo, modificó los documentos tipo de mínima cuantía de obra pública de infraestructura de transporte –versión 2–. Estos documentos aplican a los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria o invitación –según corresponda– se publique a partir del 3 de febrero de 2025. El numeral 4.2.4 “CRITERIOS AMBIENTALES Y SOCIALES” de los documentos tipo de licitación de infraestructura de transporte –versión 4– establecen que, para la acreditación del compromiso y asignación de puntaje por criterios ambientales y sociales, el proponente deberá presentar el “Formato 14 – Criterios Ambientales y Sociales”, debidamente diligenciando, mediante el cual conste, bajo la gravedad del juramento, el compromiso que en ese sentido asume de realizar las actividades contempladas en alguna de las tres (3) opciones enlistadas en el Documento Base, según el presupuesto de la entidad. Estas opciones contemplan varias actividades que se compromete a ejecutar el proponente, dependiendo de si el presupuesto del proceso de contratación es (i) igual o menor a 1.000 SMMLV –opción 1–, (ii) entre 1.001 y 13.000 SMMLV –opción 2– o (iii) igual o mayor a 13.001 SMMLV –opción 3–. La memoria justificativa de los documentos tipo en comento contienen un anexo denominado “ANEXO MEMORIA JUSTIFICATIVA – ANÁLISIS SECTORIAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO TIPO INFRAESTRUCTURA TRANSPORTE MODALIDADES DE SELECCIÓN LICITACIÓN PÚBLICA, SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA Y MÍNIMA CUANTÍA. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE”. El título III “Análisis de criterios de evaluación ponderables solicitados en los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte” dispone, también, el contenido del numeral 4.2.4 del Documento Base de los documentos tipo de infraestructura de transporte –versión 4–, con las mismas tres (3) opciones con las que cuenta la entidad, dependiendo del presupuesto del proceso de contratación. Por su parte, el Anexo Memoria Justificativa complementa lo definido en el numeral 4.2.4 del Documento Base y en el “Formato 14 – Criterios Ambientales y Sociales”, estableciendo los documentos mediante los cuales el contratista acreditará el cumplimiento en la ejecución de las obras de los criterios ambientales y sociales que se comprometió a ejecutar mediante la suscripción del Formato 14, de acuerdo con el presupuesto del proceso y la opción elegida por la entidad para otorgar el puntaje del factor de calidad por “Criterios Ambientales y Sociales”, para efectos de que la interventoría del contrato de obra pueda comprobar dicho cumplimiento. |
- Razones de la respuesta:
Lo anterior se sustenta en las siguientes consideraciones:
- Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.
- Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los Documentos Tipo, es necesario establecer si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable-saneamiento básico y social.
- Para el sector de infraestructura de transporte, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente ha expedido Documentos Tipo[1] para contratar obras públicas de infraestructura de transporte bajo las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía. Así mismo, esta Agencia ha expedido documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría y la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte.
- Recientemente, esta Agencia expidió (i) la Resolución No. 465 de 2024 “Por la cual se adopta la versión -4- de los Documentos Tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública del sector de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 240 de 2020”; (ii) la Resolución No. 463 de 2024 “Por la cual se adopta la versión -3- de los Documentos Tipo para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 241 de 2020”, y (iii) la Resolución No. 464 de 2024 “Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte adelantados bajo la modalidad de mínima cuantía”. Estos documentos aplican a los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria o invitación –según corresponda– se publique a partir del 3 de febrero de 2025.
- El artículo 4 del Decreto 142 de 2023, modifica el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015 e incorpora un parágrafo que establece lo siguiente:
“Artículo 2.2.1.1.2.2.2. Ofrecimiento más favorable. La Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista.
[…]
Parágrafo. Los criterios de calidad para evaluar la mejor relación calidadprecio podrán incluir criterios ambientales o sociales vinculados al objeto del contrato.
Los criterios ambientales podrán referirse, entre otras, a variables como la reducción del nivel de emisión de gases de efecto invernadero; el empleo de medidas de eficiencia energética y la utilización de energía procedente de fuentes renovables durante la ejecución del contrato.
Los criterios sociales se referirán, entre otras, a las siguientes finalidades: fomento de la integración social de personas con discapacidad, inclusión de personas pertenecientes a grupos vulnerables en la ejecución del contrato y, en general, la inserción sociolaboral de personas en situación de riesgo de exclusión social y la eliminación de criterios sospechosos de discriminación; el fomento de la contratación femenina o población LGTBIQ+; madres cabeza de hogar; personas que no cuenten con cualificaciones educativas de formación secundaria o profesional superior,; víctimas del conflicto armado; criterios referidos al suministro o a la utilización de productos basados en un comercio justo durante la ejecución del contrato, en los términos definidos por el artículo 4° de la Ley 2046 de 2020.
En el marco de las competencias atribuidas por el Decreto Ley 4170 de 2011, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficienteadoptará instrumentos dirigidos a orientar a las Entidades Estatales en la aplicación de estos criterios sociales y ambientales.”
- En consonancia con lo anterior, la Agencia Nacional de Contratación Pública expidió las versiones 3 y 4 de los documentos tipo de licitación pública y selección abreviada de menor cuantía de infraestructura de transporte, respectivamente. El Documento Base de los documentos tipo de licitación de infraestructura de transporte –versión 4–, en el numeral 4.2.4 “CRITERIOS AMBIENTALES Y SOCIALES”, refiere lo siguiente:
[De acuerdo con las características del objeto a contratar y con el principio de proporcionalidad y razonabilidad, la Entidad debe elegir las opciones previstas para otorgar el puntaje del factor de calidad por “Criterios Ambientales y Sociales”, de acuerdo con los rangos de SMMLV en los cuales se enmarque el proceso de Selección que se adelante. La Entidad no podrá incluir criterios, documentos, compromisos o aspectos distintos a los señalados.]
- Para la acreditación del compromiso y asignación de puntaje por criterios ambientales y sociales, el proponente deberá presentar el “Formato 14 – Criterios Ambientales y Sociales”[2], debidamente diligenciando, mediante el cual conste, bajo la gravedad del juramento, el compromiso que en ese sentido asume de realizar las actividades contempladas en alguna de las tres (3) opciones enlistadas en el Documento Base, según el presupuesto de la entidad. Estas opciones contemplan varias actividades que se compromete a ejecutar el proponente, dependiendo de si el presupuesto del proceso de contratación es (i) igual o menor a 1.000 SMMLV –opción 1–, (ii) entre 1.001 y 13.000 SMMLV –opción 2– o (iii) igual o mayor a 13.001 SMMLV –opción 3–.
- Por su parte, la memoria justificativa de los documentos tipo en comento contienen un anexo denominado “ANEXO MEMORIA JUSTIFICATIVA – ANÁLISIS SECTORIAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO TIPO INFRAESTRUCTURA TRANSPORTE MODALIDADES DE SELECCIÓN LICITACIÓN PÚBLICA, SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA Y MÍNIMA CUANTÍA. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE”. El título III “Análisis de criterios de evaluación ponderables solicitados en los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte” dispone, también, el contenido del numeral 4.2.4 del Documento Base de los documentos tipo de infraestructura de transporte –versión 4–, con las mismas tres (3) opciones con las que cuenta la entidad, dependiendo del presupuesto del proceso de contratación.
- Asimismo, el Anexo establece que, para evidenciar el cumplimiento de los criterios ambientales y sociales en la ejecución de las obras, en los tres rangos descritos, será responsabilidad de la interventoría del contrato asegurar su realización y, adicionalmente, comprobará, para el inicio de la ejecución del contrato, que el futuro Contratista los incluirá como programas adicionales a los componentes de Gestión Ambiental y Gestión Social definidos en el Documento base y la legislación vigente, mediante la presentación de los siguientes documentos:
- Informe mensual sobre cumplimiento de los criterios establecidos en los numerales anteriores, dando un porcentaje o estableciendo indicadores de gestión ambiental y social.
- Cronograma de Proyección Vs. Ejecución, de las actividades que se incluyen con las debidas justificaciones en los retrasos, tanto para los temas ambientales, como sociales.
- Constancias y/o hojas de asistencia de la comunidad, empleados y autoridades que participaron en los programas de educación y capacitación ambiental.
- Constancias y/o hojas de asistencia de la comunidad, empleados y autoridades que participaron en los programas y convocatorias del área de Gestión Social.
- Constancias y/o copia de contratos que acrediten la vinculación de personal de la comunidad, descrito en estos numerales.
- Presentación de los documentos, fichas o todos aquellos que acrediten el cumplimiento de cada uno de los componentes descritos en el presente programa.
- En virtud de lo expuesto, el Anexo Memoria Justificativa complementa lo definido en el numeral 4.2.4 del Documento Base y en el “Formato 14 – Criterios Ambientales y Sociales”, estableciendo los documentos mediante los cuales el contratista acreditará el cumplimiento en la ejecución de las obras de los criterios ambientales y sociales que se comprometió a ejecutar mediante la suscripción del Formato 14, de acuerdo con el presupuesto del proceso y la opción elegida por la entidad para otorgar el puntaje del factor de calidad por “Criterios Ambientales y Sociales”, para efectos de que la interventoría del contrato de obra pueda comprobar dicho cumplimiento.
- Referencias normativas, jurisprudenciales y otras fuentes:
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- Doctrina de la Agencia Nacional de Contratación Pública:
La Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente se pronunció sobre el fundamento normativo de los documentos tipo en la contratación estatal, en los conceptos C-144 del 2 de marzo de 2020, C-174 del 16 de marzo de 2020, C-129 del 24 de marzo de 2020, C-193 del 6 de abril de 2020, C-189 del 8 de abril de 2020, C-009 del 27 de abril de 2020, C-289 del 26 de mayo de 2020, C-332 del 26 de mayo de 2020, C-354 del 4 de junio de 2020, C-384 del 4 de junio de 2020, C-387 del 23 de junio de 2020, C-328 del 30 de junio de 2020, C-379 del 30 de junio de 2020, C-397 del 30 de junio de 2020, C-411 del 30 de junio de 2020, C-415 del 7 de julio de 2020, C-443 del 7 de julio de 2020, C-427 del 9 de julio de 2020, C-395 del 9 de julio de 2020, C-327 del 10 de julio de 2020, C-444 del 13 de julio de 2020, C-429 del 24 de julio de 2020, C-466 del 24 de julio de 2020, C-420 del 28 de julio de 2020, C-485 del 29 de julio de 2020, C-501 del 29 de julio de 2020, C-478 del 30 de julio de 2020, C-450 del 3 de agosto de 2020, C-497 del 6 de agosto de 2020, C-528 del 18 de agosto de 2020, C-531 del 21 agosto de 2020, C-546 del 26 de agosto de 2020, C-597 del 14 de septiembre de 2020, C-618 del 17 de septiembre de 2020, C-633 del 2 de octubre de 2020, C-630 del 21 de octubre de 2020, C-643 del 26 de octubre de 2020, C-635 del 29 de octubre de 2020, C-653 del 9 de noviembre de 2020, C-665 del 11 de noviembre de 2020, C-698 del 19 de noviembre de 2020, C-716 del 30 de noviembre de 2020, C-775 de 2020 del 11 de diciembre de 2020, C-798 del 25 de enero de 2021, C-027 del 1 de marzo de 2021 y C-204 del 6 de mayo de 2021, C-215 del 12 de mayo de 2021, C-224 del 20 de mayo, C-264 del 2 de junio del 2021, C-268 del 3 de junio de 2021, C-312 del 29 de junio de 2021, C-344 del 13 de julio de 2021, C-384 del 30 de julio de 2021, C-412 del 17 de agosto de 2021, C-433 del 20 de agosto de 2021, C-471 del 30 de agosto de 2021, C-450 del 31 de agosto de 2021, C-473 del 7 de septiembre de 2021, C-591 del 31 de agosto de 2021, C-493 del 13 de septiembre de 2021, C-569 del 12 de octubre de 2021, C-599 del 26 de octubre de 2021, C-643 del 17 de noviembre de 2021 y C-356 del 6 de julio de 2022, C-654 del 7 de octubre de 2022, C-874 del 22 de diciembre de 2022, C-909 del 5 de enero de 2023, C-945 del 17 de febrero de 2023, C-042 del 29 de marzo de 2023, C-051 del 28 de abril de 2023, C-299 del 24 de julio de 2023 y C-290 del 28 de julio de 2023, etc. Estos y otros conceptos se encuentran disponibles para consulta en el Sistema de Relatoría de la Agencia, en el cual también podrá encontrar jurisprudencia del Consejo de Estado, laudos arbitrales y la normativa de la contratación concordada con la doctrina de la Subdirección de Gestión Contractual.
De otra parte, te contamos que ya publicamos el borrador de la nueva Guía de Contratación Pública Sostenible y Socialmente Responsable. Conoce el documento y realiza tus comentarios hasta el 14 de noviembre de 2024 a través del siguiente enlace: https://www.sucop.gov.co/entidades/colombiacompra/Normativa?IDNorma=18320.
También le invitamos a consultar las versiones V y VI de 2024 del Boletín de Relatoría de la Subdirección de Gestión Contractual relacionados con las guías de Plan Anual de Adquisiciones y la modalidad de selección de mínima cuantía , los cuales se pueden descargar en la página web de la Agencia: https://www.colombiacompra.gov.co/sala-de-prensa/boletin-digital.
Por último, los invitamos a seguirnos en las redes sociales, en las cuales se difunde información institucional:
Twitter: @colombiacompra
Facebook: ColombiaCompraEficiente
LinkedIn: Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente Instagram: @colombiacompraeficiente_cce
Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y las expresiones aquí utilizadas con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que les otorga el artículo 2.2.1.1.1.3.1. del Decreto 1082 de 2015.
Atentamente,
Elaboró: | Kevin Arlid Herrera Santa Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual |
Revisó: | Juan David Cárdenas Cabeza Contratista de la Subdirección de Gestión Contractual |
Aprobó: | Carolina Quintero Gacharná Subdirectora de Gestión Contractual ANCP – CCE |
Estos Documentos Tipo pueden ser consultados en la página web de Colombia Compra Eficiente, a través del siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/documentos-tipo/documentos-tipo ↑
El “Formato 14 – Factor de calidad criterios adicionales ambientales y sociales” establece lo siguiente: “"[Nombre del representante legal del Proponente]" En mi calidad de Representante Legal de "[Nombre del Proponente]" o [ Nombre del Proponente-persona natural] en adelante el “Proponente”, manifiesto expresamente bajo la gravedad de juramento, el compromiso de implementar, a mi (nuestro) costo y riesgo, un programa adicional que garantice el cumplimiento de los criterios de Calidad que otorgan puntaje, relacionados con los “Criterios Ambientales y Sociales”, descritos en el numeral 4.2.4 del Documento Base específicos para el proyecto, lo anterior en concordancia con el articulo 2.2.1.1.2.2.2. “ofrecimiento más favorable” del decreto 142 de 2023.” ↑