Artículos (pág. 4 de 14)
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- Art. 616 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
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- Art. 618 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
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- Art. 621 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 622 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 623 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 624 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 625 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 626 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 627 Artículo 627 : Derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009 TEXTO CORRESPONDIENTE… Derogado
- Art. 628 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 629 Derogado . TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 630 Derogado . TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 631 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 632 Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 119 LEY 1306 de 2009 Derogado
- Art. 633 Art. 633. Se llama persona jurídica , una persona ficticia, capaz de ejercer derechos i… Vigente
- Art. 634 Art. 634. No son personas jurídicas las fundaciones que no se hayan establecido en virtud… Vigente
- Art. 635 Art. 635. Las sociedades industriales no están comprendidas en las disposiciones de este… Vigente
- Art. 636 La Sentencia 670 del 2005 señaló que este artículo fue derogado con ocasión de la… Vigente
- Art. 637 Art. 637. Lo que pertenece a una corporación, no pertenece ni en todo ni en parte a… Vigente
- Art. 638 Art. 638. La mayoría de los miembros de una corporación, que tengan según sus estatutos… Vigente
- Art. 639 Art. 639. Las corporaciones son representadas por las personas autorizadas por las leyes… Vigente
- Art. 640 Art. 640. Los actos del representante de la corporación, en cuanto no escedan de los… Vigente
- Art. 641 Art. 641. Los estatutos de una corporación tienen fuerza obligatoria sobre ella, i sus… Vigente
- Art. 642 Art. 642. Toda corporación tiene sobre sus miembros el derecho de policía correccional… Vigente
- Art. 643 Artículo. 643. Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Art. 643. Las corporaciones… Derogado
- Art. 644 Artículo. 644. Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Art. 644. Las comunidades… Derogado
- Art. 645 Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Art. 645. Los bienes raíces que las… Derogado
- Art. 646 Art. 646. Los acreedores de las corporaciones tienen acción contra sus bienes como contra… Vigente
- Art. 647 Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Art. 647. Las corporaciones pueden ser… Derogado
- Art. 648 Art. 648. Si por muerte u otros accidentes quedan reducidos los miembros de una… Vigente
- Art. 649 Art. 649. Disuelta una corporación, se dispondrá de sus propiedades, en la forma que para… Vigente
- Art. 650 Art. 650. Las fundaciones de beneficencia que hayan de administrarse por una colección de… Vigente
- Art. 651 Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Art. 651. Lo que en los artículos 637 hasta… Derogado
- Art. 652 Art. 652. Las fundaciones perecen por la destrucción de los bienes destinados a su… Vigente
- Art. 653 Art. 653. Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales. Corporales son las que… Vigente
- Art. 654 Art. 654. Las cosas corporales se dividen en muebles e inmuebles. Vigente
- Art. 655 Muebles. Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose… Modificado
- Art. 656 Inmuebles o fincas o bienes raíces son las cosas que no pueden transportarse de un lugar… Vigente
- Art. 657 Las plantas son inmuebles, mientras adhieren al suelo por sus raíces, a menos que estén… Vigente
- Art. 658 Se reputan inmuebles, aunque por su naturaleza no lo sean, las cosas que están… Vigente
- Art. 659 Los productos de los inmuebles y las cosas accesorias a ellos, como las yerbas de un… Vigente
- Art. 660 Las cosas de comodidad u ornato que se clavan o fijan en las paredes de las casas y puede… Vigente
- Art. 661 Las cosas que por ser accesorias a bienes raíces se reputan inmuebles, no dejan de serlo… Vigente
- Art. 662 Cuando por la lei o el hombre se usa de la espresión bienes muebles sin otra… Vigente
- Art. 663 Art. 663. Las cosas muebles se dividen en funjibles i no funjibles. A las primeras… Vigente
- Art. 664 Art. 664. Las cosas incorporales son derechos reales o personales. Vigente
- Art. 665 Art. 665. Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin especto a determinada… Vigente
- Art. 666 Art. 666. Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas… Vigente
- Art. 667 Art. 667. Los derechos i acciones se reputan bienes muebles o inmuebles, según lo sea la… Vigente
- Art. 668 Art. 668. Los hechos que se deben se reputan muebles. La acción para que un artífice… Vigente
- Art. 669 El dominio que se llama también propiedad es el derecho real en una cosa corporal, para… Modificado
- Art. 670 Art. 670. Sobre las cosas incorporales hai también una especie de propiedad. Así, el… Vigente
- Art. 671 Art. 671. Las producciones del talento o del injenio son una propiedad de sus autores… Vigente
- Art. 672 Art. 672. El uso i goce de las capillas i cementerios, situados en posesiones de… Vigente
- Art. 673 Art. 673. Los modos de adquirir el dominio son la ocupación, la accesión, la tradición… Vigente
- Art. 674 Art. 674. Se llaman bienes de la Unión aquéllos cuyo dominio pertenece a la República. Si… Vigente
- Art. 675 Art. 675. Son bienes de la Unión todas las tierras que estando situadas dentro de los… Vigente
- Art. 676 Art. 676. Los puentes i caminos construidos a espensas de personas particulares, en… Vigente
- Art. 677 Art. 677. Los ríos i todas las aguas que corren por cauces naturales son bienes de la… Vigente
- Art. 678 Art. 678. El uso i goce que para el tránsito, riego, navegación i cualesquiera otros… Vigente
- Art. 679 Art. 679. Nadie podrá construir, sino por permiso especial de autoridad competente, obra… Vigente
- Art. 680 Art. 680. Las columnas, pilastras, gradas, umbrales i cualesquiera otras construcciones… Vigente
- Art. 681 Art. 681. En los edificios que se construyan a los costados de calles o plazas, no podrá… Vigente
- Art. 682 Art. 682. Sobre las obras que con permiso de la autoridad competente se construyan en… Vigente
- Art. 683 Art. 683. No se podrán sacar canales de los ríos para ningún objeto industrial o… Vigente
- Art. 684 Art. 684. No obstante lo prevenido en este Capítulo i en el De la accesión, relativamente… Vigente
- Art. 685 Art. 685. Por la ocupación se adquiere el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie… Vigente
- Art. 686 Art. 686. La caza i pesca son especies de ocupación, por las cuales se adquiere el… Vigente
- Art. 687 Animales bravíos, domésticos, domésticos de compañía y domesticados . Se llaman animales… Modificado
- Art. 688 Art. 688. No se puede cazar sino en tierras propias, o en las ajenas, con permiso del… Vigente
- Art. 689 Art. 689. Si alguno cazare en tierras ajenas sin permiso del dueño, cuando por la lei… Vigente
- Art. 690 Se podrá pescar libremente en los ríos y en los lagos de uso público. Vigente
- Art. 691 Art. 691. A los que pesquen en los ríos i lagos no será lícito hacer uso alguno de los… Vigente
- Art. 692 Art. 692. La disposición del artículo 689 se estiende al que pesca en aguas ajenas. Vigente
- Art. 693 Art. 693. Se entiende que el cazador o pescador se apodera del animal bravío i lo hace… Vigente
- Art. 694 Art. 694. No es lícito a un cazador o pescador perseguir al animal bravío, que ya es… Vigente
- Art. 695 Art. 695. Los animales bravíos pertenecen al dueño de las jaulas, pajareras, conejeras… Vigente
- Art. 696 Art. 696. Las abejas que huyen de la colmena i posan en árbol que no sea del dueño de… Vigente
- Art. 697 Art. 697. Las palomas que abandonan un palomar i se fijan en otro, se entenderán ocupadas… Vigente
- Art. 698 Art. 698. Los animales domésticos están sujetos a dominio. Conserva el dueño este dominio… Vigente
- Art. 699 Art. 699. La invención o hallazgo es una especie de ocupación por la cual el que… Vigente
- Art. 700 Art. 700. El descubrimiento de un tesoro es una especie de invención o hallazgo. Se llama… Vigente
- Art. 701 Art. 701. El tesoro encontrado en terreno ajeno se dividirá por partes iguales entre el… Vigente
- Art. 702 Art. 702. Al dueño de una heredad o de un edificio podrá pedir cualquiera persona el… Vigente
- Art. 703 Art. 703. No probándose el derecho sobre dichos dineros o alhajas, serán considerados o… Vigente
- Art. 704 Art. 704. El que halle o descubra alguna cosa que por su naturaleza manifieste haber… Vigente
- Art. 705 Art. 705. La persona que en el caso del artículo anterior omitiere entregar al dueño si… Vigente
- Art. 706 Art. 706. Estímanse bienes vacantes los bienes inmuebles que se encuentran dentro del… Vigente
- Art. 707 Los bienes vacantes y los mostrencos de los territorios pertenecen a la Unión. La… Vigente
- Art. 708 Art. 708. Si aparece el dueño de una cosa que se ha considerado vacante o mostrenca… Vigente
- Art. 709 Art. 709. Enajenada la cosa se mirará como irrevocablemente perdida para el dueño. Vigente
- Art. 710 Art. 710. Las especies náufrajas que se salvaren, serán restituidas por la autoridad a… Modificado
- Art. 711 Art. 711. La autoridad competente fijará, según las circunstancias, la gratificación de… Vigente
- Art. 712 Art. 712. Los trámites para la declaratoria de la calidad de vacantes o mostrencos de los… Vigente
- Art. 713 Art. 713. La accesión es un modo de adquirir por el cual el dueño de una cosa pasa a… Vigente
- Art. 714 Art. 714. Se llaman frutos naturales los que da la naturaleza, ayudada o no de la… Vigente
- Art. 715 Art. 715. Los frutos naturales se llaman pendientes mientras que adhieren todavía a la… Vigente
- Art. 716 Art. 716. Los frutos naturales de una cosa pertenecen al dueño de ella; sin perjuicio de… Vigente
- Art. 717 Art. 717. Se llaman frutos civiles los precios, pensiones o cánones de arrendamiento o… Vigente
- Art. 718 Art. 718. Los frutos civiles pertenecen también al dueño de la cosa de que provienen, de… Vigente
- Art. 719 Art. 719. Se llama aluvión el aumento que recibe la ribera de un río o lago por el lento… Vigente
- Art. 720 Art. 720. El terreno de aluvión accede a las heredades riberanas, dentro de sus… Vigente
- Art. 721 Art. 721. Siempre que prolongadas las antedichas líneas de demarcación, se corten una a… Vigente
- Art. 722 Art. 722. Sobre la parte del suelo que, por una avenida o por otra fuerza natural… Vigente
- Art. 723 Art. 723. Si una heredad ha sido inundada, el terreno restituido por las aguas, dentro de… Vigente
- Art. 724 Art. 724. Si un río varía de curso, podrán los propietarios riberanos, con permiso de… Vigente
- Art. 725 Art. 725. Si un río se divide en dos brazos, que no vuelven después a juntarse, las… Vigente
- Art. 726 Art. 726. Acerca de las nuevas islas que no hayan de pertenecer a la Unión, se observarán… Vigente
- Art. 727 Art. 727. La adjunción es una especie de accesión, i se verifica cuando dos cosas muebles… Vigente
- Art. 728 Art. 728. En los casos de adjunción, no habiendo conocimiento del hecho por una parte, ni… Vigente
- Art. 729 Art. 729. Si de las dos cosas unidas, la una es de mucha más estimación que la otra, la… Vigente
- Art. 730 Art. 730. Si no hubiere tanta diferencia en la estimación, aquella de las dos cosas que… Vigente
- Art. 731 Art. 731. En los casos a que no pudiere aplicarse ninguna de las reglas precedentes, se… Vigente
- Art. 732 Art. 732. Otra especie de accesión es la especificación que se verifica cuando de la… Vigente
- Art. 733 Art. 733. Si se forma una cosa por mezcla de materias áridas o líquidas, pertenecientes a… Vigente
- Art. 734 Art. 734. En todos los casos en que al dueño de una de las dos materias primas no sea… Vigente
- Art. 735 Art. 735 En todos los casos en que el dueño de una materia de que se ha hecho uso sin su… Vigente
- Art. 736 Art. 736. El que haya tenido conocimiento del uso que de una materia suya se hacía por… Vigente
- Art. 737 Art. 737. El que haya hecho uso de una materia sin conocimiento del dueño i sin justa… Vigente
- Art. 738 Art. 738. Si se edifica con materiales ajenos en suelo propio, el dueño del suelo se hará… Vigente
- Art. 740 Art. 740. La tradición es un modo de adquirir el dominio de las cosas, i consiste en la… Vigente
- Art. 741 Art. 741. Se llama tradente la persona que por la tradición transfiere el dominio de la… Vigente
- Art. 742 Art. 742. Para que la tradición sea válida, deberá ser hecha voluntariamente por el… Vigente
- Art. 743 Art. 743. La tradición para que sea válida requiere también el consentimiento del… Vigente
- Art. 744 Art. 744. Para que sea válida la tradición en que intervienen mandatarios o… Vigente
- Art. 745 Art. 745. Para que valga la tradición se requiere un título traslaticio de dominio, como… Vigente
- Art. 746 Art. 746. Se requiere también para la validez de la tradición que no se padezca error en… Vigente
- Art. 747 Art. 747. El error en el título invalida la tradición, sea cuando una sola de las partes… Vigente
- Art. 748 Art. 748. Si la tradición se hace por medio de mandatarios o representantes legales, el… Vigente
- Art. 749 Art. 749. Si la lei exige solemnidades especiales para la enajenación, no se transfiere… Vigente
- Art. 750 Art. 750. La tradición puede transferir el dominio bajo condición suspensiva o… Vigente
- Art. 751 Art. 751. Se puede pedir la tradición de todo aquello que se deba, desde que no haya… Vigente
- Art. 752 Art. 752. Si el tradente no es el verdadero dueño de la cosa que se entrega por él o a su… Vigente
- Art. 753 Art. 753. La tradición da al adquirente, en los casos i del modo que las leyes señalan… Vigente
- Art. 754 Art. 754. La tradición de una cosa corporal mueble deberá hacerse significando una de las… Vigente
- Art. 755 Art. 755. Cuando con permiso del dueño de un predio se toman en él piedras, frutos… Vigente
- Art. 756 Art. 756. Se efectuará la tradición del dominio de los bienes raíces por la inscripción… Vigente
- Art. 757 Art. 757. En el momento de deferirse la herencia la posesión de ella se confiere por… Modificado
- Art. 758 Art. 758. Siempre que por una sentencia ejecutoriada se reconociere como adquirido por… Vigente
- Art. 759 Art. 759. Los títulos traslaticios de dominio que deben rejistrarse, no darán o… Vigente
- Art. 760 Art. 760. La tradición de un derecho de servidumbre se efectuará por escritura pública… Vigente
- Art. 761 Art. 761. La tradición de los derechos personales que un individuo cede a otro, se… Vigente
- Art. 762 Art. 762. La posesión es la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor o dueño… Vigente
- Art. 763 Art. 763. Se puede poseer una cosa por varios títulos. Vigente
- Art. 764 Art. 764. La posesión puede ser regular o irregular. Se llama posesión regular la que… Vigente
- Art. 765 Art. 765. El justo título es constitutivo o traslaticio de dominio. Son constitutivos de… Vigente
- Art. 766 Art. 766 . No es justo título: 1.° El falsificado, esto es, no otorgado realmente por la… Derogado
- Art. 767 Art. 767. La validación del título que en su principio fue nulo, efectuada por la… Vigente
- Art. 768 Art. 768 La buena fe es la conciencia de haberse adquirido el dominio de la cosa por… Vigente
- Art. 769 Art. 769. La buena fe se presume, escepto en los casos en que la lei establece la… Vigente
- Art. 770 Art. 770. Posesión irregular es la que carece de uno o más de los requisitos señalados en… Vigente
- Art. 771 Art. 771. Son posesiones viciosas la violenta i la clandestina. Vigente
- Art. 772 Art. 772. Posesión violenta es la que se adquiere por la fuerza. La fuerza puede ser… Vigente
- Art. 773 Art. 773. El que en ausencia del dueño se apodera de la cosa i volviendo el dueño le… Vigente
- Art. 774 Art. 774. Existe el vicio de violencia, sea que se haya empleado contra el verdadero… Vigente
- Art. 775 Art. 775. Se llama mera tenencia la que se ejerce sobre una cosa, no como dueño, sino en… Vigente
- Art. 776 Art. 776. La posesión de las cosas incorporales es susceptible de las mismas calidades i… Vigente
- Art. 777 Art. 777. El simple lapso de tiempo no muda la mera tenencia en posesión. Vigente
- Art. 778 Art. 778. Sea que se suceda a título universal o singular, la posesión del sucesor… Vigente
- Art. 779 Art. 779. Cada uno de los partícipes de una cosa que se poseía proindiviso, se entenderá… Vigente
- Art. 780 Art. 780. Si se ha empezado a poseer a nombre propio, se presume que esta posesión ha… Vigente
- Art. 781 Art. 781. La posesión puede tomarse no solo por el que trata de adquirirla para sí, sino… Vigente
- Art. 783 Art. 783. La posesión de la herencia se adquiere desde el momento en que es deferida… Vigente
- Art. 784 Incapaces poseedores. Los que no pueden administrar libremente lo suyo no necesitan de… Modificado
- Art. 785 Art. 785. Si la cosa es de aquellas cuya tradición deba hacerse por inscripción en el… Vigente
- Art. 786 Art. 786. El poseedor conserva la posesión, aunque transfiera la tenencia de la cosa… Vigente
- Art. 787 Art. 787. Se deja de poseer una cosa desde que otro se apodera de ella, con ánimo de… Vigente
- Art. 788 Art. 788. La posesión de la cosa mueble no se entiende perdida mientras se halla bajo el… Vigente
- Art. 789 Art. 789. Para que cese la posesión inscrita, es necesario que la inscripción se cancele… Vigente
- Art. 790 Art. 790. Si alguien, pretendiéndose dueño, se apodera violenta o clandestinamente de un… Vigente
- Art. 791 Art. 791. Si el que tiene la cosa en lujar i a nombre de otro, la usurpa, dándose por… Vigente
- Art. 792 Art. 792. El que recupera legalmente la posesión perdida se entenderá haberla tenido… Vigente
- Art. 793 Art. 793. El dominio puede ser limitado de varios modos: 1.° Por haber de pasar a otra… Vigente
- Art. 794 Art. 794. Se llama propiedad fiduciaria la que está sujeta al gravamen de pasar a otra… Vigente
- Art. 795 Art. 795. No puede constituirse fideicomiso sino sobre la totalidad de una herencia o… Vigente
- Art. 796 Art. 796. Los fideicomisos no pueden constituirse sino por acto entre vivos otorgado en… Vigente
- Art. 797 Art. 797. Una misma propiedad puede constituirse a la vez en usufructo a favor de una… Vigente
- Art. 798 Art. 798. El fideicomisario puede ser persona que al tiempo de deferirse la propiedad… Vigente
- Art. 799 Art. 799. El fideicomiso supone siempre la condición espresa o tácita de existir el… Vigente
- Art. 800 Art. 800. Toda condición de que penda la restitución de un fideicomiso, i que tarde más… Vigente
- Art. 801 Art. 801. Las disposiciones a día que no equivalgan a condición, según las reglas del… Vigente
- Art. 802 El que constituye un fideicomiso, puede nombrar no sólo uno sino dos o más fiduciarios, i… Vigente
- Art. 803 El constituyente puede dar al fideicomisario los sustitutos que quiera para el caso que… Vigente
- Art. 804 No se recon ocerán otros sustitutos que los designados espresamente en el respectivo acto… Vigente
- Art. 805 Se prohíbe constituir dos o más fideicomisos sucesivos, de manera que restituido el… Vigente
- Art. 806 Si se nombran uno o más fideicomisarios de primer grado, i cuya existencia haya de… Vigente
- Art. 807 Cuando en la constitución del fideicomiso no se designe espresamente el fiduciario, o… Vigente
- Art. 808 Si se dispusiere que mientras pende la condición se reserven los frutos para la persona… Vigente
- Art. 809 Siendo dos o más los propietarios fiduciarios, habrá entre ellos derecho de acrecer… Vigente
- Art. 810 La propiedad fiduciaria puede enajenarse entre vivos, i transmitirse por causa de muerte… Vigente
- Art. 811 Cuando el constituyente haya dado la propiedad fiduciaria a dos o más personas, según el… Vigente
- Art. 812 Si una persona reuniere en sí el carácter de fiduciario de una cuota i dueño absoluto de… Vigente
- Art. 813 El propietario fiduciario tiene sobre las especies que puede ser obligado a restituir… Vigente
- Art. 814 No es obligado a prestar caución de conservación i restitución, sino en virtud de… Vigente
- Art. 815 Es obligado a todas las espensas estraordinarias, para la conservación de la cosa… Vigente